Generalitat de Cataluña

El Tribunal de Conflictos rechaza la competencia de la Generalitat de Cataluña sobre lo que no le pertenece

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Con gran alegría hemos recibido la noticia de una nueva resolución judicial que vuelve a dar la razón al obispado de Barbastro-Monzón en su litigio por los bienes de las parroquias del Aragón oriental.

El Tribunal de Conflictos del Supremo ha desestimado el conflicto de jurisdicción planteado por la Generalitat y resuelve que el juzgado de instrucción 1 de Barbastro es el competente para seguir con el caso de las 111 obras de arte de la Franja. Fue este juzgado el que ordenó en diciembre de 2019 la devolución «inmediata» de las obras de la Franja que están en el Museo de Lérida en las parroquias de la diócesis de Barbastro-Monzón. El Supremo determina que ahora será este mismo juzgado aragonés el encargado de resolver los recursos que puedan plantear las partes.

La decisión del Tribunal de Conflictos, hecha pública ayer a través de un comunicado (la sentencia se notificará en unos días), se ha tomado con rapidez, ya que fue el miércoles cuando se reunió para debatir el asunto. Según ese órgano especial del Supremo, el Juzgado de Barbastro debe resolver sobre la sentencia que dictó el 10 de diciembre de 2019 declarando que los bienes eran propiedad de distintas parroquias aragonesas de las que procedían, y que debían ser devueltos de forma inmediata a las mismas. También debe ocuparse de la tramitación, en su caso, del recurso de apelación ante la Audiencia. 

El juzgado de Barbastro suspendió la ejecución provisional en enero de 2020 al plantear la Generalitat catalana el conflicto de jurisdicción tras dictarse el fallo. La Generalitat había reclamado su competencia «exclusiva» sobre los bienes en litigio por estar incluidos en una colección catalogada de 1.810 objetos, en virtud de una resolución del consejero de Cultura de 20 de mayo de 1999, y por tanto consideraba que su disgregación requería autorización del departamento. Una petición que luego respaldaron tanto el Obispado de Lérida como el Consorcio del Museo Diocesano Comarcal.

Nuestra Plataforma vuelve a pedir, por tanto, la ejecución provisional de la sentencia, dado que no afecta a bienes que puedan ser dañados por un traslado y su exposición en un museo que lleva años con los huecos preparados para exponer estas obras.

PUEDES LEER AQUÍ LA SENTENCIA COMPLETA:

Medios de comunicación:

El TS estudiará el 23-S el recurso de la Generalitat por los bienes del Aragón Oriental

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Según informa el Diario del Altoaragón, el Alto Tribunal de Conflictos de Jurisdicción se reunirá el próximo 23 de septiembre para estudiar la admisión o no del conflicto de jurisdicción planteado por la Generalitat de Cataluña y el Consorcio del Museo de Lérida tras la decisión de Carlos Lobón, titular del Juzgado de Primera Instancia, de no inhibirse en el procedimiento relacionado con la Sentencia que ordenó la devolución de 111 obras al Obispado de Barbastro-Monzón, representante legal de 49 parroquias propietarias de la colección depositada en el Museo de Lérida.

El conflicto se remitió, en febrero de 2020, al Presidente del Tribunal de conflictos para que resuelva y según informó Joaquín Guerrero, abogado que defiende los intereses diocesanos, la respuesta se conocerá en el transcurso de los diez próximos días. En todo caso, indicó que «en el 90% de los casos, el Tribunal admite el conflicto aunque eso no significa que la decisión posterior sea favorable. Está claro que es un procedimiento dilatorio sin más finalidad que retrasar la posible ejecución provisional de la Sentencia».

En este aspecto, se mostró «optimista, es lógico que el juez no se inhiba porque tampoco lo hizo cuando se lo planteó el Consorcio con antelación al juicio oral celebrado en Barbastro. El magistrado ya lo rechazó con mucha firmeza y lo normal es que no se modifique su decisión». Guerrero se remitió a la situación similar originada en el litigio de Villanueva de Sijena, «admitieron el conflicto pero declinaron que la jurisdicción no fuera otra que Huesca». Los abogados del Obispado de Barbastro-Monzón y del Gobierno de Aragón ya presentaron sus alegaciones y mientras no resuelva el Alto Tribunal, se paraliza la posible ejecución provisional de la sentencia que ordena la devolución de 111 obras al Obispado.

El conflicto ha llegado hasta el Tribunal Supremo tras la decisión del juez de no inhibirse y mantener la jurisdicción en el procedimiento sobre la Sentencia que ordenó la devolución de 111 obras de arte al Obispado de Barbastro-Monzón, representante de 49 parroquias propietarias de la colección depositada en el Museo de Lérida. Desde la parte catalana se argumenta que el juez carece de competencias en materia de patrimonio cultural sobre la colección catalogada entre 1810 piezas del Museo de Lérida que se incluyeron en el Catálogo del Patrimonio Cultural Catalán el 20 de mayo de 1999.

El Obispado de Barbastro-Monzón y el Gobierno de Aragón (coadyuvante) recuerdan el precedente del proceso de nulidad de ventas del tesoro artístico de Sijena y la Sentencia 1/2015 del Alto Tribunal de Conflictos que sentó doctrina sobre la competencia para ejecutar del Juzgado número 1 de Huesca. A partir del precedente, el Alto Tribunal y el Tribunal Constitucional declararon que el lugar donde irían las piezas no lo determinaría la Generalitat sino el propio Juzgado.

Además, se rechazaron los argumentos que defiende la parte catalana sobre la «supuesta colección indivisible» de 1810 piezas que incluye 111 obras de las parroquias aragonesas que, por Sentencia, deben devolverse al Obispado de Barbastro-Monzón. En términos administrativos se considera «cosa juzgada» y por otra parte, «la Generalitat sabe, perfectamente, los efectos vinculantes porque se trata de sentencias firmes y ningún conflicto de jurisdicción podría derogarlas ni contrariarlas porque lo prohíbe la Ley de Conflictos».

En las alegaciones, el Consorcio pide que no se adopte ninguna medida provisional como sería el traslado de los bienes para su depósito judicial y en todo caso, fuera de Aragón. La ley contempla la adopción de medidas cautelares provisionales y el Consorcio plantea que «se podría acordar la prohibición provisional de traslado de piezas o su embargo preventivo.

En todo caso, expone diferentes motivos y razones para que no se proceda y reitera que las 111 obras forman parte de la colección del Museo Diocesano y Comarcal de Lérida incluida en el Catálogo del Patrimonio Cultural Catalán».

En la historia de litigios de Sijena y Barbastro-Monzón por devolución de obras de arte es la segunda vez que el conflicto se traslada al Tribunal Supremo tras el precedente de Sijena que fue el 1/2015. En este caso se registró con el 1/2020 y por tanto será el primero para resolver según fuentes consultadas.

Más de 1.000 personas han firmado ya en internet y otras tantas en papel apoyando esta devolución de las piezas. ¡Únete a ellas firmando AQUÍ!

Medios de comunicación:

La jueza dicta apertura de juicio oral contra Santi Vila y Lluis Puig

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La magistrada del juzgado de Instrucción nº 3 de Huesca ha dictado auto de apertura de juicio oral contra los ex consejeros de Cultura de la Generalitat, Santi Vila y Lluis Puig, por un delito de desobediencia. A Santi Vila se le juzgará como posible autor de un delito de desobediencia y otro de usurpación de atribuciones judiciales, y a Puig por su posible comisión de un delito de desobediencia.

En el auto dictado el pasado día 5 de diciembre la magistrada requiere a ambos acusados para que depositen una fianza de 216.000 euros en el caso de Vila y de 88.000 euros en el caso de Puig para garantizar y asegurar las posibles responsabilidades que pudieran imponérseles.

Por su parte, el Ministerio Fiscal en sus conclusiones provisionales considera que los hechos son constitutivos de un delito de desobediencia y pide para ambos acusados una pena de multa de 5.940 euros (11 meses de multa con una cuota diaria de 18 euros). En concepto de responsabilidad civil, el Ministerio Público solicita que ambos acusados indemnicen conjunta y solidariamente a la Diputación General de Aragón con la cantidad en que sea tasado el importe total al que hubo de hacer frente como consecuencia del traslado de los bienes.

Jorge Español, abogado del Ayuntamiento de Villanueva de Sijena,  manifestaba que la apertura de juicio oral por parte de la magistrada es «una decisión lógica y racional» después de que se hayan presentado los escritos de acusación.  Y añadía que, más allá de constituir un paso más en el procedimiento judicial de los ex consejeros Vila y Puig, la apertura de juicio oral es «un paso importante porque si se pide la ejecución provisional de la sentencia de los 111 bienes de las parroquias de la diócesis de Barbastro-Monzón, y la consejera de Cultura de la Generalitat se rebela, se arriesga a acabar como sus antecesores Santi Vila y Lluis Puig».

Los hechos por los que serán juzgados tienen su origen en la sentencia dictada el 8 de abril de 2015 por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Huesca, resolución que decretaba la nulidad de pleno derecho de las compraventas realizadas por la Generalitat de Cataluña entre 1983 y 1992 y por el Museo de Arte de Cataluña en 1994 declarando que la propiedad de los bienes objeto de tales contratos correspondía a la Orden Sanjuanista del Real Monasterio de Sijena.

Posteriormente, el 11 de junio de 2015, el mismo juzgado decretaba la ejecución provisional de la sentencia requiriendo el traslado inmediato y efectivo de los 44 bienes pertenecientes al Monasterio de Sijena. Tras la resolución de los varios recursos interpuestos, con fecha 18 de abril de 2017, según expresa el Ministerio Fiscal en su calificación provisional, el entonces consejero de Cultura, Santiago Vila, dictó una orden por la que no se autorizaba la disgregación de las piezas que restaban en el Museo de Lérida y por tanto no se autorizaba la salida de los 44 bienes al Monasterio de Sijena.

Fuente: Radio Huesca: La jueza dicta apertura de juicio oral contra dos ex consejeros de la Generalitat por los bienes de Sijena

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña anula el blindaje del Museo de Lérida

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El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha anulado el acuerdo del gobierno de la Generalitat, de fecha 27 de diciembre de 2016, por el que se declaró de interés nacional el Museo de Lérida, Diocesano y Comarcal.

La sentencia explica que los demandantes, los Obispados de Barbastro-Monzón y de Huesca-Jaca, han considerado que la Generalitat realizó esta declaración como museo de interés nacional para impedir el traslado de los bienes de parroquias aragonesas que están allí en depósito. Las dos diócesis altoaragonesas han mostrado su «satisfacción» -mediante escuetos comunicados- por la sentencia del TSJC que ha anulado el acuerdo tras estimar el recurso interpuesto por ambas.

Se consideraron «afectados» porque en el Museo de Lérida hay bienes y objetos de arte, en depósito, que pertenecen a las parroquias aragonesas. En concreto, 111 al Obispado de Barbastro-Monzón, cuya devolución ha demandado por vía civil en el juicio celebrado en Barbastro entre los días 16 y 17 de mayo, y tres piezas procedentes del Obispado de Huesca-Jaca. El recurso de este último fue similar y se basó en la propiedad del frontal de la iglesia de Berbegal, dos tablas góticas de la iglesia de Peralta de Alcofea y la portada románica de la antigua iglesia de El Tormillo, todos en Lérida.

Además, en aquellas fechas, estaban en el Museo de Lérida las 44 piezas procedentes del Monasterio de Sijena, pendiente de que se ejecutara la sentencia del Juzgado de Huesca que se llevó a cabo el 11 de diciembre de 2017 con auxilio de la Guardia Civil.

La situación, entonces, era «diferente» respecto a las piezas y obras de arte de ambos obispados aragoneses porque no estaban pendientes de sentencia por la vía civil sino de «reclamaciones». En el caso concreto de Barbastro-Monzón hay sentencias favorables por vía eclesiástica que no han servido de nada por la reiterada negativa del Obispado de Lérida que acató pero no cumplió la sentencia del Tribunal Supremo de la Signatura Apostólica.

El tribunal impone a la Generalitat el pago de las costas, para las que fija una cuantía máxima de 2.000 euros. Contra esta sentencia cabe recurso de casación, que deberá prepararse en un plazo de 30 días desde su notificación.

Medios:

SIJENA 2023, Justicia y Reconciliación

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Sijena-2023

¡FIRMA LA NUEVA CAMPAÑA PARA QUE SE CELEBRE EL 2023 COMO AÑO DE SIJENA!

El Real Monasterio de Sijena (Huesca) es todavía un triste signo del enfrentamiento fratricida que asoló España en la guerra civil. Incendiado y expoliado durante aquellos años, a día de hoy la situación arquitectónica de algunas partes importantes de este monumento sigue siendo lamentable. Por otro lado, lo más importante de su patrimonio, las pinturas murales de la sala capitular, siguen en el MNAC de Barcelona aunque pesen sobre ellas una sentencia que obliga a devolverlas. Mientras, otra parte de su patrimonio sigue emigrado.

En 2023 se cumplirán 100 años de la declaración de Sijena como Monumento Nacional. Celebrar con justicia y dignidad este centenario es una gran obra en pro de la reconciliación, la convivencia y la tolerancia que podemos legar a las futuras generaciones. Por ello es preciso que todos y todas pongamos manos a la obra para restañar las heridas del pasado y devolver a Sijena su esplendor espiritual, artístico, histórico y cultural.

Necesitamos que, cuanto antes, el Gobierno de Aragón y otras instituciones se pongan a trabajar para restaurar el esplendor de Sijena, albergar todos los bienes que faltan por llegar y celebrar con dignidad el año 2023.

Por todo ello, PEDIMOS CON URGENCIA a las Instituciones:

o  Que la Audiencia Provincial de Huesca dicte cuanto antes sentencia sobre las pinturas murales de la Sala Capitular que se encuentran en depósito en el MNAC de Barcelona.

o  Que la Generalitat de Cataluña deje de poner más inconvenientes a la restitución pronta y plena del patrimonio expoliado de Sijena;

o  Que el Ministerio de Cultura:
— Como patrono del MNAC, facilite el traslado de las pinturas;
— y trabaje por el retorno de otras piezas de Sijena propiedad de diversos museos, archivos o colecciones privadas.

o  Que las Cortes de Aragón:
— Declaren el 2023 “Año de Sijena”;
— y aprueben presupuestos adecuados para sostener en estos cuatro años las inversiones que Sijena necesita.

o  Que el Gobierno de Aragón:
— apruebe urgentemente, con ayuda de expertos, el Plan Director de Sijena con un plan museístico;
— redacte un Protocolo de recepción de las pinturas de la Sala Capitular;
— se coordine con ayuntamientos, Comarca y Diputación de Huesca para optimizar el régimen de visitas de los monasterios y resto del patrimonio natural del entorno;
— subscriba un Convenio de usos compartidos con las religiosas del Monasterio;
— y constituya un Patronato para conmemorar “2023 Año de Sijena”.

¡Sijena sí, por justicia y dignidad!

Eco en los medios de comunicación:

Lluis Puig, más cerca de la extradición

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puigdemont y puig

Lentamente, como quien no quiere la cosa, y en medio de toda la tormenta que está generando el juicio por el «procés», avanza el juicio contra los exconsejeros de Cultura Santi Vila y Lluis Puig i Gordi. El próximo 20 de junio de 2019 declarará este último por videoconferencia. Si es finalmente condenado, el juez puede emitir una orden de extradición por un delito que Bélgica sí contempla. Nuevo capítulo en este largo culebrón…

Aplaudimos desde aquí la visión y la constancia tanto del alcalde de Villanueva de Sijena como de su abogado, Jorge Español, así como volvemos a manifestar nuestra indignación con el Gobierno de Aragón por retirarse de la causa.  ¡Nunca más el ser ninguneados! ¡Por justicia y dignidad!

Eco en los medios:

Mareando la perdiz

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Quim-Torra

El pasado viernes, 3 de mayo, la Generalitat de Cataluña ha pedido que se suspendiera el inicio del juicio por los 111 bienes de las parroquias del Aragón Oriental. Plantea que no está personada en la causa, a pesar de presidir el Consorcio del Museo de Lérida y quiere presentarse como parte coadyuvante.

Como se recordará, el juez de Barbastro tuvo que rechazar  hace un año la propuesta de que el juicio se celebrara en Cataluña; en septiembre, la vista previa quedó aplazada por una lesión en ambos pies del abogado que representa a la diócesis de Lérida; en el último mes, el obispado de Lérida ha presentado su documentación en catalán, lo que ha supuesto la necesidad de correr a traducirla, dado que el juez no la ha desestimado a pesar de no ser un idioma oficial en Aragón; ahora es la Generalitat la que se interpone en el flujo de este proceso judicial para evitar que arranque el juicio según la fecha prevista… A todo esto, en nuestra tierra, se le llama «marear la perdiz».

Joaquín Guerrero, letrado de la diócesis de Barbastro Monzón, manifestaba su sorpresa porque “la Generalitat dice que se ha enterado ahora de que hay un juicio pese a que preside el Consorcio del Museo, en cuyas actas ha quedado constancia de este proceso judicial”. Desde el Obispado de Barbastro Monzón estiman que la petición de la Generalitat no debería suponer la suspensión del juicio dado que han tenido información de él durante los últimos 17 meses desde que se presentó el pleito y pueden alegar al finalizar el juicio.

Según uno de los colaboradores del equipo jurídico, Jorge Español, «sorprendentemente la Generalitat aparece siempre cuando menos se la espera, y después de llevar un año en marcha este pleito, con enorme eco mediático, lo hace días antes de iniciarse el juicio alegando desconocimiento». A su juicio, «si la Generalitat no ha comparecido antes, no es porque no conociera la pendencia de este asunto, como pretende, sino que ha comparecido ahora con calculada estrategia para entorpecer y dilatar al máximo la previsible victoria aragonesa en el litigio».

Español ha recordado que la cuestión de la catalogación catalana de los bienes y su indivisibilidad, aspectos alegados actualmente, ya fue dilucidada por el Tribunal Supremo en una sentencia que argumentaba que la catalogación de este fondo depositado por el Obispado de Lérida en el museo de la localidad «no tiene efectos jurídicos frente a los propietarios legítimos de otras comunidades».

Desde la Plataforma Sijena Sí reiteramos nuestro apoyo total a la causa del Obispado de Barbastro-Monzón y nuestra impaciencia con estos nuevos intentos de dilación que se suman a la larguísima espera por que los bienes, declarados propiedad de las parroquias aragonesas en 26 sentencias vaticanas, sigan sin volver a casa.

Ecos en los medios de comunicación:

Inventario del expolio de Josep Gudiol en Sijena

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Josep Gudiol, funcionario de la Generalitat, enviado por los Museos de Barcelona, cometió el mayor expolio de arte románico de Europa.

Jorge Español, abogado del Ayuntamiento de Villanueva de Sijena y miembro de nuestro plataforma, publicó el mes pasado un artículo en Diario del Altoaragón de donde entresacamos estas consideraciones:


“Me permito realizar un breve inventario de lo que sacó Gudiol, sabedor de que no es ni siquiera definitivo.

1. La Sala Capitular del Monasterio de Sijena, no se quemó en absoluto, ni su techo se vino abajo, hallazgo que se debe a la única especialista en España en pintura mural quemada Doña María Gómez Rodrigo de la Universidad de Valencia. Ni una tizna de humo en las fotos que sacó Gudiol tras el incendio de sus pinturas murales. El incendio de Sijena, fue selectivo, y solo se quemó cuanto no tenía interés para el arte, al igual que hizo Gudiol en la catedral de Manresa. En aquellos dos camiones de milicianos que llegaron de Barcelona para perpetrar el incendio, había alguien muy entendido en arte y fue esta anónima persona la que ordenó lo que se debía quemar y que no tenía interés artístico, y lo que no. Gudiol tuvo que inventarse después que la Sala Capitular se había quemado y quedado sin techo para justificar el arranque de su rico artesonado primero y, después, de las maravillosas pinturas murales del siglo XII que tan mal arrancó: por su deficiente técnica, por los aditivos y adhesivos que utilizó y por no haberlas positivado hasta pasados cuatro años.

2. También se llevó varias tablas del Maestro de Sijena del retablo mayor renacentista, sin duda lo mejor de la pintura aragonesa del Renacimiento, tal y como se ha probado en el pleito de la tabla de la Sala Balclis cuyos poseedores han certificado el expolio de Josep Gudiol de esas tablas. El propio Gudiol dijo que los vecinos de Sijena le entregaron «unas tablas góticas» de las que no dice lo que hizo. Hoy, esa tabla, la hemos recuperado para siempre.

3. Se llevó José Gudiol en 1936 del Monasterio la preciosa arqueta de marfil del siglo XIV del taller de los Embriachi donde se guardaban reliquias valiosas y que después de la guerra civil fue a parar al coleccionista Federico Marés junto con la Regla de Sijena que también sacó Gudiol de nuestro Monasterio.

4. Se llevó también una valioso manuscrito que contenía el índice de las escrituras que había en el Archivo de Sijena que, con otros pergaminos, se los dejó al funcionario de la Generalitat Josep Buyreu para que se los guardase al ser llamado a filas, pero que, sin embargo, este tuvo la sinceridad y buen criterio en marzo de 1937 de ingresar esos valiosos documentos en el depósito de Pedralbes donde quedaron el resto de archivos catalanes salvados.

Se trata de uno de los expolios más importantes del patrimonio cultural europeo y que Aragón tiene el deber de denunciar ante todos los organismos y tribunales. El Real Monasterio de Sijena y la sacrificada recuperación de su tesoro artístico que entre todos hemos hecho, de igual forma, debe entrar en las páginas de oro de la recuperación del patrimonio artístico mundial. Estoy seguro que todavía nos aguardan más sorpresas si persistimos en esta lucha”.

Nuevas investigaciones avalan la tesis de que las pinturas de Sijena no se quemaron

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La profesora de la Universidad de Valencia, María Gómez Rodrigo, experta en pintura quemada y restauradora de varias iglesias que han sufrido incendios, ha hecho un estudio que avala su tesis de que las pinturas de la Sala Capitular de Sijena no se quemaron.

Según su opinión, Josep Gudiol, el funcionario de la Generalitat enviado «para protegerlas» tras el incendio del monasterio en 1936, y que decidió arrancarlas sin permiso del Ministerio de Cultura de la República, algo obligatorio dado que era un monumento nacional desde 1923, mandó derribar el artesonado que aún aparece en las fotos tras el incendio del monasterio  para justificar la necesidad de arrancarlas. Estudios físico y químicos muestran que las pinturas no fueron quemadas y su oscurecimiento es fruto de una mala restauración por parte del MNAC a lo largo de décadas.

El Ayuntamiento de Villanueva de Sijena no descarta posibles nuevos pleitos contra la Generalitat y sus museos si se demuestra definitivamente esta tesis.

Ecos de los Medios:

Campaña de firmas por el retorno de los bienes del Aragón oriental

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¡FIRMA EN LA CAMPAÑA!

Las parroquias del Aragón oriental que pertenecían al Obispado de Lérida pasaron en 1995 a ser de la Diócesis de Barbastro-Monzón. Dado que el obispado catalán no quiso devolver las 111 obras de arte de estas parroquias que custodiaba en su museo, se produjeron diversas sentencias de tribunales eclesiásticos. En 1998, Lajos Kada, Nuncio en España, decreta que esas obras están en depósito, es decir, que son propiedad de las parroquias aragonesas. En 2005 hay Orden de devolución en 30 días dictada por la Congregación de Obispos. En 2007 se dicta sentencia inapelable del Supremo Tribunal de la Signatura Apostólica. En 2008, el Tribunal de La Rota no admite el enésimo recurso del Obispado de Lérida, finalizando así la vía judicial eclesiástica.

Monseñor Ramón Malla, Obispo de Lérida, tras consultar a prestigiosos canonistas al comenzar el litigio y saber que lo perdería, llamó en 1998 a la puerta de la Generalitat pidiendo que interviniera para frustrar la previsible devolución a las parroquias aragonesas. Con este objetivo idearon su catalogación como «colección indivisible» -la única y solitaria que hay en toda Cataluña- y la erección del nuevo Museo Diocesano y Comarcal de Lérida –otro invento único en España-. Al intentar blindar la colección incorporando patronos no eclesiásticos, el obispo Malla quiso burlar las sentencias y al propio Vaticano, argumentando luego que esas piezas formaban parte de una colección inseparable que la Generalitat había catalogado como “patrimonio catalán” y, por tanto, solo con autorización de la Generalitat podían salir del museo ilerdense. Pero esta tesis del Obispado y del Gobierno catalán fue tumbada en mayo de 2015 por una sentencia del Tribunal Supremo en la que se subrayó que los bienes son aragoneses a todos los efectos y que no hay catalogación que valga en Cataluña -ni pretendida unidad museística- si son reclamados por sus legítimos propietarios.

La Diócesis de Barbastro-Monzón lleva en esta desigual lucha entre David y Goliat más de dos décadas. Sus sucesivos obispos (Ambrosio Echebarría, Juan José Omella, Alfonso Milián y Ángel Pérez) han hecho todo lo posible por buscar una solución dialogada y fraterna a esta situación. Es hora de que se vean apoyados por la ciudadanía aragonesa y todas las personas de buena voluntad que creen en la justicia.

La Plataforma Sijena Sí entregó el 15 de julio de 2017 una carta al actual obispo de Lérida, Salvador Giménez Valls, instándole a resolver este embrollo de la forma más directa: saliéndose del consorcio del Museo de Lérida, sacando de él sus pertenencias y devolviendo las aragonesas. Más tarde organizó una Marcha Ciudadana para dar visibilidad a la unidad de todos los pleitos patrimoniales aragoneses.  Ahora quiere, con una campaña de firmasapoyar la demanda civil que el Obispado de Barbastro-Monzón presentó contra el Obispado de Lérida y el Museo de Lérida el 13 de febrero de 2018 y exigir a la Generalitat de Cataluña y al Obispado de Lérida que cumplan las sentencias y devuelvan sin más dilación lo que nos les pertenece, al igual que las pinturas murales de Sijena.

¡Barbastro sí, por justicia y dignidad!

¡FIRMA EN LA CAMPAÑA!