MNAC

Denunciamos ante el ICOM la actitud del MNAC

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La Plataforma Sijena Sí acaba de enviar hoy una carta solicitando formalmente la apertura de un expediente para la expulsión del Museo Nacional de Arte de Cataluña (MNAC) del Consejo Internacional de Museos (ICOM), al considerar que la institución catalana ha vulnerado de forma grave y reiterada el Código de Deontología del organismo internacional en relación con las Pinturas Murales de la Sala Capitular del Monasterio de Sijena (Huesca).

La petición se fundamenta en el incumplimiento de varios artículos del citado código, especialmente los referidos a la adquisición de bienes culturales en circunstancias irregulares y a la obligación de diálogo y restitución cuando se acredita la pertenencia legítima de las obras a su comunidad de origen.

Antecedentes históricos

Las pinturas murales proceden del Real Monasterio de Sijena, declarado Monumento Nacional en 1923 y propiedad de la Orden de San Juan de Jerusalén. En 1936, en el contexto de la Guerra Civil, las pinturas de la Sala Capitular fueron arrancadas y trasladadas a Barcelona por encargo de la Generalitat de Cataluña.

Según ha quedado acreditado en sede judicial, la extracción se realizó sin autorización de las legítimas propietarias ni de la Dirección General de Bellas Artes de la II República, incumpliendo la legislación vigente sobre patrimonio histórico. Asimismo, se ha señalado que el método de arranque empleado resultó agresivo y causó daños significativos al monumento.

En décadas posteriores, nuevas actuaciones administrativas autorizaron intervenciones condicionadas al depósito en museos de Zaragoza o Huesca, condición que no se cumplió. Las pinturas permanecieron en el museo barcelonés, donde han sido exhibidas desde entonces.

Doce años de litigios y tres sentencias favorables a Sijena

En 2013, el Gobierno de Aragón solicitó la devolución amistosa de las pinturas. Ante la negativa del MNAC, el Ayuntamiento de Villanueva de Sijena y el Ejecutivo aragonés acudieron a los tribunales.

Tras doce años de proceso judicial y tres sentencias favorables a Aragón, la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo confirmó el 27 de mayo de 2025 la obligación del MNAC de restituir las pinturas a su lugar de origen. Las resoluciones judiciales declararon ilegítimo el contrato de cesión en depósito indefinido en el que se amparaba el museo.

Las sentencias reconocen expresamente que la Orden es la propietaria legítima de las obras, que su destino es el Monasterio de Sijena y que el traslado es técnicamente viable si se adoptan las medidas adecuadas.

Obstáculos técnicos y retrasos en la ejecución

Pese a la firmeza de la sentencia del Tribunal Supremo, la Plataforma denuncia que el MNAC ha retrasado su cumplimiento alegando una supuesta “incapacidad técnica” para realizar el traslado sin poner en riesgo la integridad de las obras.

Sin embargo, durante el proceso judicial, los propios peritos del museo reconocieron la viabilidad del traslado bajo determinadas condiciones técnicas. Además, las pinturas han sido objeto de montajes, traslados e incluso préstamos internacionales en el pasado, lo que contradice la tesis de imposibilidad técnica.

La Plataforma considera que la sucesiva solicitud de nuevos informes científicos responde a una estrategia dilatoria destinada a generar incertidumbre y prolongar el incumplimiento de la sentencia.

Vulneración del Código Deontológico del ICOM

La solicitud de expulsión se basa en el presunto incumplimiento de varios artículos del Código de Deontología del ICOM:

  • Artículo 2.4, relativo a la adquisición de bienes culturales obtenidos mediante daño o destrucción de monumentos y sin notificación a las autoridades competentes.
  • Artículo 6.2, que obliga a los museos a entablar un diálogo imparcial orientado a la devolución de bienes culturales a su comunidad de origen.
  • Artículo 6.3, que establece la obligación de cooperar rápidamente en la restitución cuando se demuestra la pertenencia legítima de los bienes.
  • Artículo 6.5, que exige respetar los deseos de la comunidad afectada y evitar actuaciones que perjudiquen su patrimonio.

La Plataforma sostiene que el MNAC no ha actuado con imparcialidad ni con voluntad real de cooperación, optando por la confrontación judicial y retrasando la ejecución de una sentencia firme.

Llamamiento al ICOM

La Plataforma Sijena Sí recuerda que el ICOM promueve estándares éticos basados en la legalidad, la cooperación y el respeto a las comunidades de origen. A su juicio, mantener como miembro a una institución que incumple una resolución judicial firme de restitución y que, según sostiene, ha ignorado los principios de diálogo y cooperación, sería incompatible con los objetivos del organismo internacional.

Por todo ello, solicita formalmente la incoación de un expediente para la expulsión del Museo Nacional de Arte de Cataluña del Consejo Internacional de Museos.

La Plataforma concluye reafirmando que la conservación del patrimonio no puede invocarse como excusa para incumplir la ley, y que la restitución de las pinturas murales a la Sala Capitular del Monasterio de Sijena no es solo una cuestión jurídica, sino también ética y de respeto a la historia y a la comunidad a la que pertenecen.

Documento completo de la denuncia:
https://sijenasi.com/wp-content/uploads/2026/03/Carta-MNAC-ICOM-de-Sijena-Si.pdf

Ecos en los medios:

2026, el año de la devolución

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Arranca el año 2026 con dos efemérides de especial relevancia para Sijena: en octubre se cumplirán 90 años del expolio de sus pinturas murales y se conmemorarán 10 años de la sentencia inicial que reconoció su legítima titularidad. Ambas fechas coinciden en un contexto marcado por la reciente sentencia firme del Tribunal Supremo que obliga al Museo Nacional de Arte de Cataluña (MNAC) a la devolución de las pinturas murales de Sijena.

Desde el pasado mes de mayo, centenares de informaciones en prensa escrita, radio y televisión se han hecho eco de dicha resolución. Sin embargo, tras más de una década sin haber logrado aportar argumentos jurídicos o técnicos sólidos, el MNAC sostiene ahora que el traslado de las pinturas entrañaría un grave riesgo para su conservación y recurre a nuevas maniobras legales con el objetivo de dilatar e impedir la ejecución de la sentencia.

Ante esta situación, y en un momento mundial de flagrante abuso de los poderosos sobre los pequeños, la Plataforma Sijena Sí desea manifestar públicamente lo siguiente:

  1. Frente a la reiterada afirmación del MNAC de que las pinturas se destruirían si se trasladan, resulta imprescindible aportar datos objetivos. Las pinturas murales de Sijena han sido sometidas, desde 1936, a al menos veinte operaciones documentadas de arranque, traslado, desmontaje, montaje y reinstalación, tanto dentro del propio museo como con motivo de exposiciones nacionales e internacionales, incluyendo desplazamientos a Nueva York y Londres. (Se adjunta un anexo con los datos corroborados de estos traslados). Estos antecedentes, datos y fechas, ampliamente acreditados y custodiados en los archivos del propio MNAC, invalidan cualquier argumento que pretenda presentar el traslado actual como una operación excepcional o técnicamente inviable.
  • Resulta jurídicamente y técnicamente inaceptable que los propios técnicos del MNAC se desdigan de sus afirmaciones en sede judicial y aleguen ahora ante el Juzgado una supuesta incapacidad para realizar el traslado con las debidas garantías de seguridad. No extraña que necesiten ayuda cuando la Restauradora Jefa actual, Mª Carme Ramells Cabrelles, es especialista en pergaminos y no en pintura mural, pero, sin más razones que le asistan, la parte condenada parece buscar de forma extemporánea y desesperada la intervención de terceros ajenos al proceso para eludir o dilatar el cumplimiento de una sentencia firme.
  • Lo paradójico de la situación es que muchos responsables políticos se han escudado en los informes de los especialistas para afirmar que acatarán la sentencia porque no les queda más remedio, pero siempre “siguiendo los criterios técnicos del MNAC” que, a su vez, deriva la decisión a otros como si se tratara de una patata caliente que pasa de mano en mano. Sin embargo, hay una persona que no puede eludir ese deber: el director del MNAC, Pepe Serra, cuya actitud de resistencia al cumplimiento de una resolución firme se aproxima a una desobediencia que podría llegar a tener consecuencias en el ámbito penal.
  • La sentencia condenatoria no otorga al MNAC facultad alguna para condicionar el destino final de las pinturas murales. Ha sido condenado exclusivamente al traslado y entrega de las obras que mantiene en depósito.
    Conviene recordar, además, que hasta 1996 las pinturas nunca estuvieron ubicadas en una sala climatizada y que durante aproximadamente sesenta años permanecieron expuestas a un ambiente húmedo y salino, circunstancia que ha dejado huellas visibles en forma de aureolas de sal. Resulta, por ello, paradójico que el MNAC alegue ahora una supuesta preocupación por las condiciones del espacio museístico habilitado ya en el Monasterio de Sijena. Ha llegado incluso a insinuar la exigencia de responsabilidades a la jueza en caso de un hipotético daño durante el traslado, afirmación que carece de cualquier fundamento jurídico. La eventual exigencia de responsabilidades correspondería únicamente al legítimo propietario del bien. El Gobierno de Aragón, junto con el Ayuntamiento de Villanueva de Sijena, asistidos por técnicos y profesionales especializados, serán los garantes de la adecuada conservación de las pinturas murales en su emplazamiento histórico, donde han sido preservadas durante más de ocho siglos.
  • El MNAC pretende ahora intervenir en la configuración de la Comisión encargada de dirigir los trabajos de ejecución de la sentencia, convocada por la Jueza de Huesca, proponiendo la inclusión de organismos internacionales y anunciando, de forma contradictoria, su voluntad de no integrarse en dicha Comisión para aparentar imparcialidad. Siendo la parte condenada por sentencia firme, el MNAC carece de legitimidad para fijar criterios de ejecución o influir en la composición de órganos encargados de garantizar el cumplimiento judicial. Esta actuación reproduce estrategias ya empleadas con anterioridad, cuando se intentó constituir una comisión en la fase inicial de ejecución en la que el Gobierno de Aragón quedaba en clara minoría y se pretendía someter a votación el propio cumplimiento de la sentencia.

Por todo lo expuesto, la Plataforma Sijena Sí reclama:

– El cese inmediato de todas las maniobras dilatorias por parte del MNAC, que debe estar en la comisión sin más mediaciones externas;

– La ejecución íntegra y efectiva de la sentencia, con plenas garantías de seguridad, rigor técnico y respeto al mandato judicial;

– La destitución del actual director del museo, Pepe Serra, máximo responsable de cumplir la sentencia, por parte del ministro de Cultura, Ernest Urtasun, que tiene que garantizar su ejecución como patrono del MNAC en vez de mirar para otro lado como tantas otras autoridades políticas;

– La expulsión del MNAC del ICOM (Consejo Internacional de Museos) por el reiterado incumplimiento de su código deontológico.

Cronología de 20 traslados y reinstalaciones

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Frente a la permanente afirmación del MNAC de que las pinturas se destruirían si se trasladan, queremos revelar con fechas y cifras extraídas de documentos internos del MNAC que las pinturas de Sijena han sufrido ya veinte traslados y reinstalaciones:

  1. Año 1936. Arranque de las pinturas y traslado al taller de José Gudiol en la casa Amatller de Barcelona sin el permiso de la Dirección General de Bellas Artes, dado que Sijena era un monumento nacional.
  2. Año 1940. El Comisario de Patrimonio Nacional las encuentra y traslada al Museo de Arte de Barcelona, donde quedan en depósito para ser confiadas al Museo de Huesca hasta su reinstalación.
  3. Año 1943. Por Orden de Bellas Artes, se trasladan al taller de los Gudiol para terminar “de positivarlas” y montarlas, dado que el estar enrolladas las perjudicaba gravemente. Reciben por ello 3.000 pesetas.
  4. Año 1948. Se devuelven al Museo y se montan en los soportes de madera sin permiso de Bellas Artes, cometiendo una nueva ilegalidad. A pesar de ello, Joan Ainaud de Lasarte, presidente de la Junta de Museos de Barcelona, miente diciendo que “sí tiene autorización” para que el Ayuntamiento de Barcelona pague los trabajos (118.000 pesetas).
  5. Año 1951. Por Orden Ministerial, se autoriza a la Diputación Provincial de Huesca (DPH) a custodiar las pinturas que están en el Museo de Barcelona. El Profesor Antonio Beltrán va a Barcelona y el Museo pide a la DPH 334.879 pesetas por los trabajos y el traslado, una cifra exorbitante e inalcanzable para los aragoneses en aquella década.
  6. Año 1953. Ante la polémica, se desmontan y se guardan en distintos almacenes del Museo de Barcelona.
  7. Año 1960. En junio, y a pesar de la Orden Ministerial a favor de la DPH, se presenta Ainaud de Lasarte en Sijena y, sin potestad legal para hacerlo, ordena arrancar todas las pinturas profanas que quedan en el monasterio, abusando de su autoridad franquista.
  8. Año 1961. Se vuelven a montar en los soportes de madera, con motivo de la Exposición Internacional del Románico. Bellas Artes, a toro pasado, da entonces permiso y dice que cuando acabe la Exposición se devuelvan las pinturas a la DPH. Ainaud desobedece otra vez y las deja en su museo.
  9. Año 1970.  Se desmontan varios plafones del intradós de los arcos para mandarlos a la exposición “Masterpieces of Fifty Centuries” del Metropolitan Museum en la ciudad de Nueva York.
  10. Año 1973. Se vuelve a montar la sala para su inauguración dentro de la antigua ubicación del MNAC.
  11. Año 1987. Se vuelve a desmontar por recomendación de los técnicos debido a su deterioro.
  12. Año 1992. Desde 1987 hasta esa fecha se cambian tres veces de sitio dentro del MNAC.
  13. Año 1993. El 1 de junio, se vuelven a trasladar distribuyéndolas en tres salas (Salas Cambó, IV y VII) y se informa que tres arcos tienen graves desprendimientos y los otros dos pequeños desperfectos.
  14. Año 1994. El 6 de junio, una restauradora descubre excrementos de paloma y da parte a sus superiores.
  15. Año 1994.  Un arco entero viaja a Londres, a la “Hayward Art Gallery”.
  16. Año 1995. El 26 de enero, le comunican a Joan Bolet, jefe técnico de restauración, que se “ha producido un hallazgo” en la sala 204, ya que al ordenarla aparecieron cuatro figuras que adornaban los arcos en Sijena. Se recolocan donde les correspondería estar.
  17. Año 1995. Desde mayo hasta marzo se intervienen, desmontan y recolocan varios plafones que Ramón Gudiol había montado a su antojo, sin mirar su correlación, antes de su traslado a la nueva ubicación.
  18. Año 1995. A finales de ese año se montan de nuevo todos los arcos en su actual ubicación.
  19. Año 1997.  Cinco plafones de la Sala Capitular se desmontan y vuelven a viajar a Nueva York, a la exposición “The Glory of Byzantium” en el Metropolitan Museum of Art .
  20. Año 1997-98. A la vuelta, se montan de nuevo en su actual ubicación.

En varios de estos traslados y reinstalaciones no consta que se pidieran los preceptivos permisos a la Dirección General de Bellas Artes o al Ministerio de Cultura, incumpliéndose reiteradamente la Ley de Patrimonio Histórico Artístico de 1933 y la Ley de Patrimonio Histórico Español de 1985.

MNAC: ¡Cumplan la sentencia YA!

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Más de setenta personas de la plataforma “Sijena Sí” y otros movimientos y partidos políticos nos hemos concentrado este sábado, 27 de septiembre a las puertas del Museo Nacional de Arte de Cataluña para reclamar el cumplimiento de la sentencia que condena al MNAC, tras diez años de juicios, a que devuelva las pinturas de la Sala Capitular de Sijena que tiene en depósito desde después de la Guerra Civil española.

Tras cantar el himno “Sijena Sí”, se ha leído el “Manifiesto de la Sociedad Aragonesa ante el MNAC”, que ha sido suscrito hasta la fecha por veintisiete entidades. Entre los lectores han intervenido: Alfonso Salillas, anterior alcalde de Villanueva de Sijena e iniciador de los procesos judiciales; Tomás Guitarte, presidente de Aragón-Teruel Existe; Cristina Marín, responsable de Cultura y Patrimonio del Chunta Aragonesista; Salvador Ariste, de Chunta Monegros; Manuel Gimeno, coordinar de la Asociación de Apoyo a Teruel Existe; María Gómez, profesora de la Universidad de Valencia; y varios miembros de Sijena Sí.

La Plataforma sigue llamando a otros colectivos a que se sumen a este manifiesto, y ha lanzado una campaña de firmas para pedir a la ciudadanía en general que suscriban y apoyen esta iniciativa. Sijena Sí ya entregó más de 15.000 firmas hace tres años al MNAC reclamando la devolución de las pinturas. Puede firmarse en el enlace anterior, a través de la página www.sijenasi.com o bien directamente en https://www.change.org/p/devuelvan-las-pinturas-de-sijena-manifiesto-de-la-sociedad-aragonesa-ante-el-mnac

El acto ha terminado con un emocionado canto de la Albada de José Antonio Labordeta, un canto por todos los que marcharon de Aragón con el deseo de que regresen, en este caso aplicado a las pinturas de Sijena.

Todos los asistentes han firmado el Manifiesto y se ha intentado entregar al MNAC, que no lo ha querido recepcionar por estar cerrado el registro y contener datos personales. Se enviará por correo certificado esta semana para que este acto histórico y quienes lo han protagonizada queden en sus archivos como un testimonio de la voluntad de pueblo aragonés y muchas otras personas de buena fe por que se respete la Justicia y la Dignidad.

Eco en los medios de comunicación:

Rueda de prensa

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La plataforma “Sijena Sí” ha llevado a cabo hoy una rueda de prensa en el Centro Joaquín Roncal de Zaragoza para informar de los siguientes puntos:

  1. Satisfacción por la caída del “Decreto contra los apagones”. Sijena Sí se unió al lema “renovables sí, pero no así”. El decreto que se pretendía aprobar, aun teniendo muchos elementos positivos, contenía la posibilidad de reavivar proyectos que se habían elaborado sin tener en cuenta ni al territorio ni a sus gentes, entre los que está el proyecto Octante de cinco gigantescos molinos frente al Monasterio de Sijena.
  2. Recuerda de nuevo que, el pasado 26 de junio, consiguió que las Cortes de Aragón aprobaran una proposición no de ley en la que toda la cámara aragonesa rechazaba el proyecto Octante. Puede verse aquí el texto completo: Nota de prensa: Cortes de Aragón – Parlamento
  3. Celebra el auto de la jueza Rocío Pilar Vargas, magistrada del juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Huesca, activando la orden de ejecución definitiva de la sentencia que obliga al Museo Nacional de Arte de Cataluña (MNAC) a restituir las pinturas románicas de Sijena.
  4. Reitera la postura de su Comité Científico, que hace unas semanas hizo una declaración donde se denuncia las maniobras dilatorias del MNAC con informes nuevos que no se presentaron ante los juzgados y que ningún valor legal tienen ahora. Véase: Declaración del Comité Científico de Sijena Sí ante la postura del MNAC
  5. Ante esta postura del MNAC, que sigue posponiendo la entrega de las pinturas, Sijena Sí ha elaborado un Manifiesto que va a enviar esta semana a diversas asociaciones, instituciones y grupos políticos para que lo suscriban. En el mes próximo informará de su contenido y de las entidades que lo apoyan.
  6. Este manifiesto, si la actitud del MNAC persiste, será entregado al director de dicho museo en una concentración que se llevará a cabo a las puertas del MNAC en la fecha que se comunicará junto con los apoyos.
  7. Finalmente, insta al Gobierno de Aragón a hacer las cosas de forma óptima, a soñar algo más que la simple instalación de las pinturas en la Sala Capitular, y a elaborar un ambicioso Plan Director que responda al resto de necesidades para convertir Sijena en un enclave multidimensional del que todos nos podamos sentir orgullosos.

Ecos en Televisión:

Declaración del Comité Científico de Sijena Sí ante la postura del MNAC

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El Comité Científico de la Plataforma Sijena Sí, con la participación de reconocidos expertos en las diversas áreas que atañen al Real Monasterio de Sijena, llevó a cabo las Jornadas Soñar Sijena cuyas crónicas pueden leerse aquí: 2019 y 2023. Gracias a ellas se consiguió, entre otras cosas, la celebración del Año de Sijena 2023 que las Cortes de Aragón auspiciaron por iniciativa de Sijena Sí mediante la Proposición No de Ley Nº 359/20 que canalizó muchas de las reivindicaciones de sus expertos, algunas de las cuales, sin embargo, siguen sin realizarse.

La preocupación de esta Plataforma ha sido, desde el primer momento, que todo lo que se haga en Sijena se haga de forma óptima, con el máximo nivel de seguridad, calidad e innovación para legar a las generaciones futuras un monasterio rehabilitado integralmente, lleno de belleza, arte y espiritualidad. De allí que nos veamos obligados en estos momentos a responder públicamente a las amenazas del MNAC de presentar un escrito de oposición a la entrega de las pinturas murales de la Sala Capitular en el que afirman poder aportar más documentación e informes.  Ante esta situación, declaramos:

  1. De forma unilateral, el Patronato del MNAC, integrado por la Administración General del Estado, la Generalitat de Cataluña y el Ayuntamiento de Barcelona, acordó la creación de un grupo de trabajo de carácter técnico e integrado únicamente por personal especializado, con la finalidad de evaluar y llevar a cabo los trabajos necesarios para el cumplimiento de las resoluciones jurídicas dictadas en relación con las pinturas de la sala capitular de Sijena e invitar al Gobierno de Aragón a integrarse en dicha comisión. La decisión del museo es comprensible pues debe hacer frente al requisito judicial y debemos entender también que su obligación, como garante de las obras, sea procurar que todos los procesos se realicen de forma correcta, no así el hecho de incorporarse a ella el Gobierno de Aragón. Consideramos que este no debería haber aceptado la propuesta de integrarse en la comisión técnica de trabajo. El dictamen judicial es claro: la responsabilidad de las medidas a adoptar sobre desmontaje, embalaje y transporte recaen solo y únicamente sobre el MNAC.
  2. No es admisible plantear a estas alturas, como ha hecho recientemente su director, Pepe Serra, ciertas cuestiones que no se presentaron en los juzgados, algo que solo se puede interpretar como pretexto para intentar por todos los medios dilatar en el tiempo la ejecución de la sentencia, generando dudas y recelos técnicos y recopilando informes de forma acelerada en defensa de sus intereses; todo ello para volver a valorar el riesgo que supone llevar a cabo la ejecución a partir de estudios encargados a entes o personas que mantienen una estrecha colaboración con el museo. Todo ese asunto es cosa juzgada porque fueron los propios peritos del MNAC, Mireia Mestre y Rosa Gasol, quienes dijeron en el procedimiento principal que las pinturas murales se pueden trasladar. Eso no se puede ni remover, ni cuestionar, ni menos incumplir.
  3. Estos informes técnicos deberían haberse realizado de forma continuada y metódica desde el preciso momento en el que se incorporaron las obras al museo y deberían haberse aportado en su momento al proceso judicial. Sin embargo, durante el propio proceso se pudo avalar, con los técnicos del museo que testificaron allí, la viabilidad del proceso que requiere la intervención, por lo que esta batería de estudios requeridos solo puede responder a un interés para demorar el hecho sentenciado y generar inseguridad con un supuesto “aval científico”. Según la dirección del museo se realizaron analíticas a partir del preciso momento en el que se judicializó la demanda, año 2016; ahora resulta que se requiere aportar más información (informes del CSIC, del laboratorio de Microbiología Aplicada y Medioambiental de la UAB, de la Escuela Politécnica Superior de Ingeniería de la UPC o del Centro Innotex de la UPC, el informa de la Doctora Simona Sajeva…).
  4. Si la presentación del conjunto mural actual data de los años 90 y el conocimiento del estado de conservación era de “extremada fragilidad”, no se justifica que no se hubiera realizado un control normalizado de seguimiento tanto para conocer la evolución del conjunto como para poder valorar medidas apropiadas para preservar su conservación, ampliar el conocimiento artístico sobre la obra y plantear criterios de restauración que pudieran redundar en la propia presentación del conjunto mural. Por ello nos preguntamos seriamente: ¿ha existido una dejación de responsabilidad por parte de la dirección y responsables técnicos del MNAC durante todos estos años?
  5. Esta actitud del MNAC no debería permitirse si nos atenemos al código deontológico del ICOM (Consejo Internacional de Museos) al que se debe el MNAC. Siguiendo las directrices del código, el Título VI hace referencia a la colaboración con las comunidades de las que provienen las colecciones; si leemos el punto 6.2, en el que se especifica el hecho de la devolución de bienes culturales, se indica que «los museos deben estar dispuestos a entablar un diálogo con vistas a la devolución de un bien cultural al país o comunidad de procedencia» y que debe hacerse de manera imparcial, basándose no sólo en principios científicos, profesionales y humanitarios; Asimismo, el punto 6.3  dice textualmente refiriéndose a la restitución de bienes culturales: «Si un país o una comunidad de los que proceden objetos o especímenes piden su restitución y se puede probar no solo que estos han sido exportados, o transferidos de otra manera, en contra de los principios de los convenios internacionales y nacionales, sino que además forman parte del patrimonio cultural o natural del país o la comunidad peticionarios, el museo interesado debe tomar rápidamente las medidas pertinentes para cooperar en su devolución, si tiene la posibilidad legal de hacerlo».
  6. Por todo ello, es evidente que ha habido una dejación por parte del MNAC a la hora de gestionar este fondo que posee en depósito.  No podemos olvidar que las pinturas murales fueron arrancadas por Gudiol en 1936 sin permiso de las monjas propietarias (pues sabía que ya se lo habían denegado meses antes) y sin la debida autorización de la D.G. de Bellas Artes de la II República, por lo que su actuación, aparte de ser de «muy mala calidad», como afirmó el mismo jefe de taller del MNAC Manuel Grau Mas, constituía un delito penado por el Código Penal de la II República. Tampoco que las pinturas han sido instaladas varias veces en distintos sitios, incluso algunas han viajado a exposiciones temporales en Londres y Nueva York. Por ello nos parece una falsedad que el MNAC manifieste no tener la capacidad técnica para llevar adelante la tarea de devolverlas. A estas alturas hay una sentencia que hay que acatar y cumplir y, si el MNAC no lo hace, sabe que se arriesga a contraer graves responsabilidades de todo orden además de dejar de pertenecer al ICOM.

Después de los pasos dados, del esfuerzo que ha requerido obtener Justicia y del logro final conseguido en los juzgados, sería un despropósito que todo ello se prolongara en el tiempo por estas maniobras dilatorias de confusión y de generación de inquietud ciudadana, siempre usada “a río revuelto” por quienes desean que Sijena se vea como un tema político en vez de lo que es: un asunto de Justicia y Dignidad. Por ello, este Comité Científico de la Plataforma Sijena Sí se vuelve a poner al servicio de Aragón para poder aportar su experiencia.

Invitamos a otros expertos a subscribir esta declaración en los comentarios de esta página, abajo.

El culebrón de Sijena

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Desde que el Supremo ordenara, hace menos de un mes, la devolución de las pinturas murales de Sijena, la prensa, la radio y la televisión están que arden con noticias, artículos y editoriales sobre este tema.

Para que todos estemos bien informados de lo que se cuece por ahí, aquí van las noticias y opiniones más significativas de estas semanas, incluyendo las de aquellos movidos por otros intereses que no son los de la Justicia y la Dignidad.

Leeremos aquí el pataleo de algunos que no cesa, a pesar de las meridianas sentencias que, desde 2016, no se quieren leer. Sorprende la bisoñez de algunos políticos que, tras más de una década litigando y perdiendo en todos los tribunales, digan que hay que agotar las vías legales… (¿?) O los tertulianos, con su permanente ignorancia acerca de que Sijena pida la devolución de obras que se vendieron legalmente. No hay que perderse la estúpida sugerencia de los arquitectos catalanes diciendo que mejor nos manda una fotocopia… Sobran los columnistas que «saben» de todo, el eterno victimismo de la catalanofobia –excusa de siempre cuando no se tiene razón– y las comparaciones de los bienes de Sijena con piezas que se vendieron legalmente antes de que el monasterio fuera declarado monumento nacional. No se pierdan tampoco el intento de «objeción de conciencia» de los restauradores del MNAC, como si esto fuera un aborto o una eutanasia. En fin, lean ustedes… Va a empezar el verano y ya no necesitaremos otra serie con este culebrón.

Desde las noticias más antiguas a las más nuevas

Contra el manifiesto de los exconsellers

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Desde que se supo que el Tribunal Supremo nos dio la razón y las pinturas de Sijena volverán en unos meses a Aragón, los exconsellers, entre otros, han lamentado la sentencia y vuelven a sacar viejos trapos sucios que quedaron completamente descalificados en tres tribunales.

Colocamos aquí la carta del abogado del Ayuntamiento de Villanueva de Sijena, Jorge Español Fumanal, contestando a todas sus mentiras o medias verdades:

CONTRA EL MANIFIESTO DE LOS EXCONSELLERS DE CULTURA DE LA
GENERALITAT QUE DEFIENDEN QUE LAS PINTURAS MURALES DEL
MONASTERIO DE SIJENA PERMANEZCAN EN EL M.N.A.C.

  1. Las pinturas murales del Real Monasterio de Sijena no son “arte catalán”, tanto
    porque fueron pintadas por un pintor inglés en territorio de Aragón, como por
    ser patrimonio cultural aragonés, al estar catalogado este Monasterio desde 1923
    como monumento nacional por el Estado.
  2. El arranque de esas pinturas murales que en 1936 hizo Josep Gudiol en el Real
    Monasterio de Sijena fue un acto totalmente ilegal, tanto al no contar con el
    consentimiento de las monjas propietarias, que ya se lo habían denegado antes,
    como al no solicitar el permiso necesario de la Dirección de Bellas Artes de la II
    República, que nunca se lo hubiese dado, porque esos arranques ya no se hacían
    en ningún lugar de Europa como dijo Puig y Cadafalch. Como dice la Sentencia
    que se ejecutará, Gudiol, ni pudo ni debió arrancar esas pinturas por el gran
    destrozo que ello supone, debiendo conservarlas in situ, amén de que el mandato
    que le dio la Generalitat fue solo hacer trabajos de conservación, no de arranque.
  3. Las pinturas murales deben ser obras tan frágiles, que las pinturas murales de
    Taull hicieron en 1937 más de 1.000 km por carretas inmundas y en verdaderas
    tartanas desde Barcelona a París, y no se desintegraron ni se dañaron para nada
    al llegar allí, siendo expuestas para maravilla de todos los parisinos.
  4. La labor de conservación de estas pinturas de Sijena por parte del MNAC ha
    debido ser tan buena, que tenían estas pinturas olvidadas y arrinconadas en el
    ático del museo hasta los ochenta, y una vez expuestas, el 6 de junio de 1994, la
    responsable de pintura mural Paz Marqués, denuncia lo siguiente: “hoy hemos
    subido a la sala climatizada de los arcos de Sijena y hemos observado restos de
    excrementos de paloma sobre las arcadas; concretamente había cuatro
    excrementos de paloma sobre el profeta Abiuth que son muy corrosivos
    habiendo quedado una aureola que se ha llevado la pintura original”.
  5. Al pretender anteponer ilegalmente la conservación sobre las sentencias
    dictadas, parece que los ex consellers no hayan leído el código ético del MNAC
    que dice que el museo se rige por el principio de legalidad, y por lo tanto, la
    sentencia no solo debe ser acatada, sino cumplida en sus propios términos, tal y
    como así me trasmitió taxativamente el mismo Gianluigi Colalucci por correo,
    para lo que sugirió la formación de un comité de traslado integrado por
    arquitectos, conservadores e historiadores del arte.
  6. La Sentencia que se ejecutará del Juzgado nº 2 de Huesca y tras oír a los propios
    peritos del MNAC, a quienes pude interrogar sobre este punto, sentó lo
    siguiente: “ningún perito ha afirmado la imposibilidad de trasladar las pinturas
    a la Sala Capitular ni que el traslado vaya a suponer inexorablemente la
    pérdida de las pinturas, por lo que el traslado de las pinturas y su integración
    en la Sala Capitular es posible siempre que se adopten las medidas y
    precauciones necesarias para ello”. Ni la Generalitat ni el MNAC apelaron esta
    parte de la sentencia, por lo que, lógicamente, la Sentencia del Tribunal
    Supremo, al no recurrirse este punto, no ha podido si quiera pronunciarse sobre
    ello, al estar plenamente consentido por Generalitat y MNAC (cosa juzgada).
    Por lo tanto, es el propio MNAC quien aceptó y consintió que las pinturas
    murales de Sijena se pueden trasladar con las debidas medidas de seguridad.
  7. Este asunto no tiene nada que ver con las obras artísticas de las parroquias
    aragonesas que antes pertenecieron al Obispado de Lérida y que pasaron al
    Obispado de Barbastro-Monzón, pues ese conflicto era un conflicto interno entre
    obispados resuelto por el Vaticano, y éste lo es entre una orden religiosa y un
    museo civil, como lo es el MNAC, donde lógicamente ese museo no está sujeto
    a la jurisdicción eclesiástica, sino a la civil.
  8. Dicen los exconsellers de cultura en su político manifiesto que el MNAC es una
    institución de referencia internacional, pero, si no devuelve voluntariamente esas
    pinturas murales, ni que decir tiene puede ser expulsado del ICOM (Consejo
    Internacional de Museos) y borrado de todos los circuitos museísticos
    mundiales. Es lo mismo que le ocurriría al Museo del Prado si pretendiese
    negarse a devolver los fragmentos de pintura mural de San Baudelio de Berlanga
    que tiene prestados en depósito por el Museo Metropolitano de Nueva York
    desde 1957, aduciendo que no los devuelve porque es el mejor museo de pintura
    del mundo y atendiendo sobre todo a la fragilidad de las pinturas murales
    arrancadas. Es por ello que el Código Ético del mismo MNAC preserva por
    encima de cualquier otro valor o argumento, el principio de legalidad, y como
    tal, una obra que está en depósito, debe ser devuelta a su dueño, pues, de lo
    contrario, nadie prestaría nada.
  9. Además y tal y como dice la brillantísima sentencia del Juzgado nº 2 de Huesca,
    la declaración de pintura mural del ICOMOS (organismo oficial de la UNESCO
    que se encarga de calificar las candidaturas a patrimonio de la humanidad)
    manda que las pinturas murales sean restituidas a sus lugares de origen, pues
    fueron pintadas para ser contempladas allí y no en otro sitio.
  10. Esperamos que el MNAC actúe con sensatez, sometido al principio de legalidad,
    y agradezca los muchos años que ha tenido expuestas gratuitamente estas
    pinturas, procurando colaborar estrechamente con las autoridades aragonesas,
    porque, de lo contrario, la Sentencia será ejecutada forzosamente, y esto causaría
    al MNAC un daño reputacional inmenso y fatal, que no deseamos nadie.

Jorge F. Español Fumanal (abogado, presidente de la asociación PRO PATRIMONIUM
SIJENA Y JERUSALÉN y miembro del Comité Científico de Sijena Sí), en el día de San Medardo 8 de Junio de 2025.

Ministro Urtasun: Descolonice el MNAC y visite Sijena

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Hace tres semanas remitimos una carta al ministro de Cultura, D. Ernest Urtasun, en la que le pedíamos una reunión para hablar de las pinturas de Sijena expoliadas por los museos de Barcelona durante la Guerra Civil y le invitan a visitar este Real Monasterio.

Nos ha motivado para ello el hecho de que el Sr. ministro, en los últimos meses, ha hecho manifestaciones públicas, tanto en los medios de comunicación como en sede parlamentaria, en las que ha defendido la idea de descolonizar los museos estatales. Sijena Sí celebra esa voluntad de reintegrar a los pueblos su patrimonio histórico cultural, sean egipcios, colombianos o de Los Monegros, porque forma parte de su riqueza identitaria y es fundamento para la actividad turística y económica de las zonas rurales, despobladas, vaciadas y sin muchas alternativas de empleo.

Le recordamos en la carta que el origen del contenido de muchos grandes museos urbanos no hay que buscarlo solamente en las tierras colonizadas siglos atrás lejos de España, sino también en castillos, palacios, iglesias y restos arqueológicos que han acabado expoliados, unas veces legalmente, abusando de las penalidades económicas de gentes empobrecidas o de la ignorancia de sus moradores, y otras de forma totalmente ilegal o arbitraria.

El Real Monasterio de Santa María de Sijena fue despojado de inmensas riquezas artísticas y solo se han recuperado una parte tras un gran esfuerzo realizado durante décadas. Pero no todo ha vuelto. El caso que nos preocupa, por su importancia, es el de las pinturas murales de la Sala Capitular, expoliadas en octubre de 1936, durante la guerra civil. Aunque en un primer momento parecía un acto de “salvación” de la obra pictórica, más tarde se ha convertido en una “apropiación” en toda regla, con argumentos de colonización cultural por parte del MNAC (Museo Nacional de Arte de Cataluña) que las tiene en depósito y sin título de propiedad desde 1939.

La Plataforma ha querido hacer también consciente al Sr. ministro de la intransigente postura del MNAC, en cuyo Patronato está él representado. Su ministerio financia con más de 5 millones de euros cada año a este museo al que, el pasado mes de enero, prometió además una cuantiosa suma para su ampliación. El MNAC lleva perdiendo todos los pleitos en los juzgados y, a la vez, pospone lo más posible la devolución de las pinturas de la Sala Capitular usando todo tipo de recursos judiciales que podrían retirarse en línea con la política de descolonización del Sr. Urtasun.

El ministro Urtasun en la reunión con la Generalitat de Cataluña el pasado mes de enero.

Por otro lado, en los últimos meses se ha cernido sobre Sijena un nuevo peligro: el proyecto de un parque eólico a poco más de un kilómetro con cinco gigantescos aerogeneradores de doscientos metros de altura. Las leyes que se dictaron hace décadas para la protección de los Monumentos Nacionales no sirven hoy en día ante estas amenazas. Es obvio que se necesita una especial intervención del Ministerio de Cultura para detener este terrible despropósito. De allí la importancia de una urgente visita del ministro a Sijena.

Eco en los medios:

Fake News en el Museo de Lérida

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Hoy hace cinco años de la recuperación de los bienes de Sijena que la Generalitat y sus museos compraron de forma fraudulenta. No debería ser una efeméride para celebrar, dado que su entrega fue aprovechada políticamente por los partidos independentistas para hacer que la gente se sintiera artificialmente agraviada. Sin embargo, el pasado 18 de noviembre se inauguró una exposición en el Museo de Lérida para conmemorar este aniversario y manifestar también los sentimientos de pesar por la devolución a Barbastro de las obras de las parroquias del Aragón orientalen 2021.

Lejos de cerrar heridas, esta exposición, donde exhiben sus obras 25 artistas locales, lleva por título “Expolio” y en ella se muestran obras con nombres tan provocativos como “San Martín secuestrado”, “Ruptura”, “Lérida ultrajada”, “La aberración”, “El complot”, “Expectación-Indignación”; “Virgen del expolio”, “Logo del Museo de Lleida llorando”…

El título de la exposición, sin embargo, es acertadísimo: el reconocimiento público del expolio; pero no el que lloran, sino el que obispado, instituciones y museos de Barcelona y Lérida cometieron en el Monasterio de Sijena y que alcanzó su mayor intensidad durante la guerra civil y posterior dictadura franquista. La llegada de la democracia, el autogobierno de Aragón y un sistema judicial independiente nos han permitido revertirlo a pesar de los responsables de esos museos catalanes, que todavía añoran la impunidad con que actuaban en el siglo pasado.

El 11 de diciembre de 2017 regresaron a Sijena las obras que la juez había ordenado devolver al monasterio monegrino en julio de aquel año, orden que desobedecieron los consejeros de Cultura de la Generalitat. Tras la confirmación de sentencia por parte de la Audiencia Provincial de Huesca, se ejecutó. Fue un acontecimiento muy mediático que culminó un cuarto de siglo de litigios. El Tribunal Supremo corroboró esta sentencia en mayo de 2021, zanjando para siempre la cuestión.

Llegar allí fue un calvario. El pleito pasó por una veintena de tribunales: los juzgados ordinarios de Reus, Rubí, Huesca, Zaragoza y Barcelona (en estas tres últimas ciudades en varios juzgados); las Audiencias provinciales de Tarragona y Huesca; los Tribunales Superiores de Justicia de Aragón y de Cataluña (este, varias veces); y todos los altos Tribunales (Tribunal Constitucional, Tribunal Supremo y un tribunal que no se había estrenado en toda la democracia y ante el cual demandaron también a la parte aragonesa: el Alto Tribunal Jurisdiccional). En todos ellos perdieron. Sin embargo, las autoridades catalanas siguen poniendo el dedo en la llaga intentando hacer creer a la ciudadanía que sus museos han sufrido un “expolio”, evidenciando que ven el mundo al revés.

Es indignante que las mentiras desenmascaradas en tantos tribunales y convertidas ahora en auténticas fake news tengan espacio en un museo de titularidad eclesiástica y pública con el único objetivo de seguir fomentando el odio, el rencor y la división entre comunidades hermanas. Lo vienen haciendo desde hace décadas reescribiendo la historia según sus intereses políticos y elaborando falsos mitos que sus medios repiten sin cesar.

No deberíamos dedicar ni un segundo de nuestro tiempo a responder a este despropósito, pero da la casualidad de que las pinturas murales de la sala capitular de Sijena siguen esperando todavía la sentencia definitiva del Tribunal Supremo para salir del MNAC y volver a casa. ¿Lo harán en 2023, cuando se celebre el centenario de la declaración de Sijena como monumento nacional, aniversario que las Cortes de Aragón aprobaron gracias a nuestro tesón? Ojalá. De momento, hace dos semanas el TS admitió los recursos de la Generalitat contra la devolución de las pinturas (aunque la DGA va a presentar sus alegaciones contra esta decisión) y a los técnicos aragoneses se les prohibió la entrada en el MNAC.  Pero no todo es oscuridad: estas semanas, el Museo Británico se ha abierto a devolver los frisos del Partenón a su verdadero dueño, el pueblo griego, todo un gesto que nos llena de esperanza.  

Sijena puede llegar a ser la joya de la corona, pero solo lo conseguiremos con el trabajo constante y la testarudez aragonesa por defender lo nuestro, lo que nunca debería haber sufrido un verdadero (esta vez sí) expolio.

Ecos en los medios de comunicación: