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Campañas cerradas:

Sijena lleva esperando justicia y dignidad desde hace casi 90 años. Las gentes de Los Monegros y muchos aragoneses y gente solidaria, tras ganar dos juicios que condenaron a la Generalitat de Cataluña a devolver lo expoliado, han dejado ya de esperar con los brazos cruzados y se han puesto a caminar al grito de “Sijena Sí”. Uníos a nosotros y nosotras. Corrijamos las injusticias de la Historia.

Monasterio de Sijena
Monasterio de Sijena

Forestalia y sus compinches, ante el juez

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Llevamos denunciando hace tres años que hay gato encerrado tras los molinos de Sijena… Ahora se va destapando toda la verdad. Anima a otros a firmar contra los molinos en Sijena y otros sitios.

El Juzgado de Instrucción nº1 de Teruel investiga una presunta trama de corrupción vinculada a proyectos de energías renovables cuyo epicentro sería la empresa aragonesa Forestalia. La investigación dio un importante avance la semana pasada con la detención de seis personas, entre ellas el presidente de la compañía, Fernando Samper, y Eugenio Domínguez, exsubdirector general de Evaluación Ambiental del Ministerio para la Transición Ecológica entre 2017 y 2023.

La subdirección que dirigía Domínguez es clave para autorizar grandes proyectos energéticos, ya que se encarga de evaluar su impacto ambiental. Según la investigación, el objetivo de la supuesta trama era favorecer los proyectos de Forestalia frente a sus competidores durante el gran boom de renovables en España entre 2022 y 2023. Uno de los proyectos más relevantes es el Clúster del Maestrazgo, un macroparque eólico en Teruel con 125 aerogeneradores que podría convertirse en el mayor del país. Actualmente su futuro está en duda después de que la Guardia Civil advirtiera de posibles daños ambientales irreversibles si se construye.

El juez considera a Samper como el presunto líder de la organización desde el ámbito empresarial. Según el auto judicial, mantenía una relación “inusualmente estrecha” con funcionarios clave y celebraba reuniones frecuentes fuera de los cauces oficiales para tratar expedientes concretos. La investigación sospecha que algunos funcionarios habrían recibido contraprestaciones económicas a cambio de facilitar permisos.

En el Ministerio, el papel central lo habría desempeñado Eugenio Domínguez, al que los investigadores describen como un “facilitador”. Presuntamente se asignaba a sí mismo la mayoría de proyectos vinculados a Forestalia y habría creado un sistema paralelo de tramitación para controlarlos. Tras su jubilación en 2023, creó con su esposa una empresa que los investigadores creen que pudo servir para canalizar los pagos.

La trama también habría contado con la colaboración de un notario madrileño, que presuntamente ayudó a ocultar transacciones mediante contratos privados guardados en sobres cerrados, evitando su registro oficial.

Además, dos hermanos habrían actuado como testaferros a través de numerosas sociedades utilizadas para canalizar pagos y ocultar beneficios. En total, la investigación apunta a una compleja red de al menos 24 empresas vinculadas al entramado. El caso sigue abierto y se investigan delitos como prevaricación ambiental, cohecho, blanqueo de capitales y pertenencia a organización criminal.

Más información:
El País: Guía para entender el caso de corrupción ambiental que amenaza con paralizar el mayor parque eólico de España | Clima y Medio Ambiente | EL PAÍS

Denunciamos ante el ICOM la actitud del MNAC

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La Plataforma Sijena Sí acaba de enviar hoy una carta solicitando formalmente la apertura de un expediente para la expulsión del Museo Nacional de Arte de Cataluña (MNAC) del Consejo Internacional de Museos (ICOM), al considerar que la institución catalana ha vulnerado de forma grave y reiterada el Código de Deontología del organismo internacional en relación con las Pinturas Murales de la Sala Capitular del Monasterio de Sijena (Huesca).

La petición se fundamenta en el incumplimiento de varios artículos del citado código, especialmente los referidos a la adquisición de bienes culturales en circunstancias irregulares y a la obligación de diálogo y restitución cuando se acredita la pertenencia legítima de las obras a su comunidad de origen.

Antecedentes históricos

Las pinturas murales proceden del Real Monasterio de Sijena, declarado Monumento Nacional en 1923 y propiedad de la Orden de San Juan de Jerusalén. En 1936, en el contexto de la Guerra Civil, las pinturas de la Sala Capitular fueron arrancadas y trasladadas a Barcelona por encargo de la Generalitat de Cataluña.

Según ha quedado acreditado en sede judicial, la extracción se realizó sin autorización de las legítimas propietarias ni de la Dirección General de Bellas Artes de la II República, incumpliendo la legislación vigente sobre patrimonio histórico. Asimismo, se ha señalado que el método de arranque empleado resultó agresivo y causó daños significativos al monumento.

En décadas posteriores, nuevas actuaciones administrativas autorizaron intervenciones condicionadas al depósito en museos de Zaragoza o Huesca, condición que no se cumplió. Las pinturas permanecieron en el museo barcelonés, donde han sido exhibidas desde entonces.

Doce años de litigios y tres sentencias favorables a Sijena

En 2013, el Gobierno de Aragón solicitó la devolución amistosa de las pinturas. Ante la negativa del MNAC, el Ayuntamiento de Villanueva de Sijena y el Ejecutivo aragonés acudieron a los tribunales.

Tras doce años de proceso judicial y tres sentencias favorables a Aragón, la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo confirmó el 27 de mayo de 2025 la obligación del MNAC de restituir las pinturas a su lugar de origen. Las resoluciones judiciales declararon ilegítimo el contrato de cesión en depósito indefinido en el que se amparaba el museo.

Las sentencias reconocen expresamente que la Orden es la propietaria legítima de las obras, que su destino es el Monasterio de Sijena y que el traslado es técnicamente viable si se adoptan las medidas adecuadas.

Obstáculos técnicos y retrasos en la ejecución

Pese a la firmeza de la sentencia del Tribunal Supremo, la Plataforma denuncia que el MNAC ha retrasado su cumplimiento alegando una supuesta “incapacidad técnica” para realizar el traslado sin poner en riesgo la integridad de las obras.

Sin embargo, durante el proceso judicial, los propios peritos del museo reconocieron la viabilidad del traslado bajo determinadas condiciones técnicas. Además, las pinturas han sido objeto de montajes, traslados e incluso préstamos internacionales en el pasado, lo que contradice la tesis de imposibilidad técnica.

La Plataforma considera que la sucesiva solicitud de nuevos informes científicos responde a una estrategia dilatoria destinada a generar incertidumbre y prolongar el incumplimiento de la sentencia.

Vulneración del Código Deontológico del ICOM

La solicitud de expulsión se basa en el presunto incumplimiento de varios artículos del Código de Deontología del ICOM:

  • Artículo 2.4, relativo a la adquisición de bienes culturales obtenidos mediante daño o destrucción de monumentos y sin notificación a las autoridades competentes.
  • Artículo 6.2, que obliga a los museos a entablar un diálogo imparcial orientado a la devolución de bienes culturales a su comunidad de origen.
  • Artículo 6.3, que establece la obligación de cooperar rápidamente en la restitución cuando se demuestra la pertenencia legítima de los bienes.
  • Artículo 6.5, que exige respetar los deseos de la comunidad afectada y evitar actuaciones que perjudiquen su patrimonio.

La Plataforma sostiene que el MNAC no ha actuado con imparcialidad ni con voluntad real de cooperación, optando por la confrontación judicial y retrasando la ejecución de una sentencia firme.

Llamamiento al ICOM

La Plataforma Sijena Sí recuerda que el ICOM promueve estándares éticos basados en la legalidad, la cooperación y el respeto a las comunidades de origen. A su juicio, mantener como miembro a una institución que incumple una resolución judicial firme de restitución y que, según sostiene, ha ignorado los principios de diálogo y cooperación, sería incompatible con los objetivos del organismo internacional.

Por todo ello, solicita formalmente la incoación de un expediente para la expulsión del Museo Nacional de Arte de Cataluña del Consejo Internacional de Museos.

La Plataforma concluye reafirmando que la conservación del patrimonio no puede invocarse como excusa para incumplir la ley, y que la restitución de las pinturas murales a la Sala Capitular del Monasterio de Sijena no es solo una cuestión jurídica, sino también ética y de respeto a la historia y a la comunidad a la que pertenecen.

Documento completo de la denuncia:
https://sijenasi.com/wp-content/uploads/2026/03/Carta-MNAC-ICOM-de-Sijena-Si.pdf

Ecos en los medios:

Respuesta a Vidal-Folch

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(Reproducimos la carta que enviamos al director de «El País» respondiendo a un artículo que, por la importancia del medio, debía ser corregido. No ha habido respuesta del autor. aunque somos conocedores de que la Defensora del lector le paso nuestra petición de derecho de réplica).

Al Sr. Director de «El País»:

El pasado 4 de enero de 2026 su diario publicó una columna de Xavier Vidal-Folch sobre el Real Monasterio de Sijena y las pinturas murales conservadas en el MNAC que contiene afirmaciones históricas, técnicas y jurídicas gravemente inexactas, además de un enfoque claramente sesgado y paternalista. Como presidente de la Plataforma Sijena Sí, y en ejercicio del derecho de réplica, considero necesario realizar las siguientes precisiones.

La columna incurre, en primer lugar, en errores básicos de contexto histórico y lingüístico al situar Sijena en la llamada “Franja catalanoparlante”. Sijena y Villanueva de Sijena se encuentran en Los Monegros (Huesca) y nunca han sido territorios de habla catalana, sino aragonesa, hecho ampliamente documentado. Esta confusión distorsiona la identidad histórica del lugar y contribuye a un relato ajeno a la realidad. Desconoce que la regla de Sijena, redactada en aragonés para el uso cotidiano de las religiosas, ha sido publicada y estudiada recientemente por especialistas. Ignorar estas fuentes conduce a simplificaciones erróneas.

Resulta igualmente equívoca la idea de una supuesta “identidad fronteriza” basada en la antigua dependencia del obispado de Lérida. Las jurisdicciones eclesiásticas medievales, cambiantes y funcionales, no determinan la identidad histórica ni política de los territorios, y utilizarlas con ese fin supone una confusión conceptual evidente.

Especialmente preocupante es el uso entrecomillado del término “restitución”, como si se tratara de una noción discutible o imprecisa cuando existe una sentencia firme del Tribunal Supremo que ordena la devolución de las pinturas a sus legítimos propietarios y a su emplazamiento original. No se trata de una cuestión opinable, sino del cumplimiento de una resolución judicial en la que el MNAC ha tenido doce años para defenderse en tres tribunales sin éxito, dado que las pinturas están allí solo en depósito, sin ningún título de propiedad.

La columna también ofrece una versión incompleta del itinerario de las pinturas, afirmando que permanecen en Montjuïc desde 1936. Tras su arranque durante la Guerra Civil, pasaron por la Casa Amatller antes de ser depositadas en el Museo de Arte de Cataluña en 1940, ya bajo el régimen franquista, un dato que se omite pese a su relevancia en otros debates patrimoniales, y no llegaron hasta el actual MNAC en 1995.

El escrito se hace eco de la postura del MNAC, que alega ahora la imposibilidad de cumplir la sentencia por el peligro que las pinturas podrían sufrir. No desvela, sin embargo, que las pinturas murales de Sijena han sido sometidas, desde 1936, a al menos veinte operaciones documentadas de arranque, traslado, desmontaje, montaje y reinstalación, tanto dentro del propio museo como con motivo de exposiciones nacionales e internacionales, incluyendo desplazamientos a Nueva York y Londres. En el plano técnico, incurre en un alarmismo injustificado al hablar de “serrar” las pinturas. Estas ya fueron fragmentadas en el pasado, y los planes actuales prevén, obviamente, técnicas modernas y reversibles, avaladas por informes técnicos públicos. Tampoco se menciona el deficiente estado de conservación actual de las pinturas en el MNAC, revelado por los análisis técnicos del Gobierno de Aragón y del Ayuntamiento de Villanueva de Sijena, que refuerza la necesidad de su restauración y traslado.

Finalmente, las “soluciones alternativas” propuestas llegan cuando el conflicto está resuelto judicialmente. En un Estado de derecho no procede negociar lo que ya ha sido sentenciado. Ofertas simbólicas como reconocer la propiedad aragonesa o facilitar entradas gratuitas al museo eluden el núcleo del problema: la obligación legal y moral de devolver las pinturas a su lugar de origen.

El tono general de la columna refleja una clara parcialidad y una falta de rigor impropia de un medio de referencia, contribuyendo a la desinformación en un asunto ya resuelto por la justicia.

Por todo ello, solicitamos la publicación de esta réplica en aras de una información más completa y respetuosa con la historia, el patrimonio y el Estado de derecho.


Dado que nosotros sí somos personas educadas y dejamos hablar a todos, he aquí el artículo de Vidal-Folch:


Además, la profesora Carmen Carrera Costa, Consejera del Instituto de Estudios Sijenenses y miembro de Sijena Sí, envió también una carta al periódico que no se publicó ni de la que ha recibido contestación. Y no podemos dejar de mencionar el artículo de Marisancho Menjón, exdirectora general de Patrimonio de Aragón, en Heraldo de Aragón. He aquí su enlace abierto.

2026, el año de la devolución

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Arranca el año 2026 con dos efemérides de especial relevancia para Sijena: en octubre se cumplirán 90 años del expolio de sus pinturas murales y se conmemorarán 10 años de la sentencia inicial que reconoció su legítima titularidad. Ambas fechas coinciden en un contexto marcado por la reciente sentencia firme del Tribunal Supremo que obliga al Museo Nacional de Arte de Cataluña (MNAC) a la devolución de las pinturas murales de Sijena.

Desde el pasado mes de mayo, centenares de informaciones en prensa escrita, radio y televisión se han hecho eco de dicha resolución. Sin embargo, tras más de una década sin haber logrado aportar argumentos jurídicos o técnicos sólidos, el MNAC sostiene ahora que el traslado de las pinturas entrañaría un grave riesgo para su conservación y recurre a nuevas maniobras legales con el objetivo de dilatar e impedir la ejecución de la sentencia.

Ante esta situación, y en un momento mundial de flagrante abuso de los poderosos sobre los pequeños, la Plataforma Sijena Sí desea manifestar públicamente lo siguiente:

  1. Frente a la reiterada afirmación del MNAC de que las pinturas se destruirían si se trasladan, resulta imprescindible aportar datos objetivos. Las pinturas murales de Sijena han sido sometidas, desde 1936, a al menos veinte operaciones documentadas de arranque, traslado, desmontaje, montaje y reinstalación, tanto dentro del propio museo como con motivo de exposiciones nacionales e internacionales, incluyendo desplazamientos a Nueva York y Londres. (Se adjunta un anexo con los datos corroborados de estos traslados). Estos antecedentes, datos y fechas, ampliamente acreditados y custodiados en los archivos del propio MNAC, invalidan cualquier argumento que pretenda presentar el traslado actual como una operación excepcional o técnicamente inviable.
  • Resulta jurídicamente y técnicamente inaceptable que los propios técnicos del MNAC se desdigan de sus afirmaciones en sede judicial y aleguen ahora ante el Juzgado una supuesta incapacidad para realizar el traslado con las debidas garantías de seguridad. No extraña que necesiten ayuda cuando la Restauradora Jefa actual, Mª Carme Ramells Cabrelles, es especialista en pergaminos y no en pintura mural, pero, sin más razones que le asistan, la parte condenada parece buscar de forma extemporánea y desesperada la intervención de terceros ajenos al proceso para eludir o dilatar el cumplimiento de una sentencia firme.
  • Lo paradójico de la situación es que muchos responsables políticos se han escudado en los informes de los especialistas para afirmar que acatarán la sentencia porque no les queda más remedio, pero siempre “siguiendo los criterios técnicos del MNAC” que, a su vez, deriva la decisión a otros como si se tratara de una patata caliente que pasa de mano en mano. Sin embargo, hay una persona que no puede eludir ese deber: el director del MNAC, Pepe Serra, cuya actitud de resistencia al cumplimiento de una resolución firme se aproxima a una desobediencia que podría llegar a tener consecuencias en el ámbito penal.
  • La sentencia condenatoria no otorga al MNAC facultad alguna para condicionar el destino final de las pinturas murales. Ha sido condenado exclusivamente al traslado y entrega de las obras que mantiene en depósito.
    Conviene recordar, además, que hasta 1996 las pinturas nunca estuvieron ubicadas en una sala climatizada y que durante aproximadamente sesenta años permanecieron expuestas a un ambiente húmedo y salino, circunstancia que ha dejado huellas visibles en forma de aureolas de sal. Resulta, por ello, paradójico que el MNAC alegue ahora una supuesta preocupación por las condiciones del espacio museístico habilitado ya en el Monasterio de Sijena. Ha llegado incluso a insinuar la exigencia de responsabilidades a la jueza en caso de un hipotético daño durante el traslado, afirmación que carece de cualquier fundamento jurídico. La eventual exigencia de responsabilidades correspondería únicamente al legítimo propietario del bien. El Gobierno de Aragón, junto con el Ayuntamiento de Villanueva de Sijena, asistidos por técnicos y profesionales especializados, serán los garantes de la adecuada conservación de las pinturas murales en su emplazamiento histórico, donde han sido preservadas durante más de ocho siglos.
  • El MNAC pretende ahora intervenir en la configuración de la Comisión encargada de dirigir los trabajos de ejecución de la sentencia, convocada por la Jueza de Huesca, proponiendo la inclusión de organismos internacionales y anunciando, de forma contradictoria, su voluntad de no integrarse en dicha Comisión para aparentar imparcialidad. Siendo la parte condenada por sentencia firme, el MNAC carece de legitimidad para fijar criterios de ejecución o influir en la composición de órganos encargados de garantizar el cumplimiento judicial. Esta actuación reproduce estrategias ya empleadas con anterioridad, cuando se intentó constituir una comisión en la fase inicial de ejecución en la que el Gobierno de Aragón quedaba en clara minoría y se pretendía someter a votación el propio cumplimiento de la sentencia.

Por todo lo expuesto, la Plataforma Sijena Sí reclama:

– El cese inmediato de todas las maniobras dilatorias por parte del MNAC, que debe estar en la comisión sin más mediaciones externas;

– La ejecución íntegra y efectiva de la sentencia, con plenas garantías de seguridad, rigor técnico y respeto al mandato judicial;

– La destitución del actual director del museo, Pepe Serra, máximo responsable de cumplir la sentencia, por parte del ministro de Cultura, Ernest Urtasun, que tiene que garantizar su ejecución como patrono del MNAC en vez de mirar para otro lado como tantas otras autoridades políticas;

– La expulsión del MNAC del ICOM (Consejo Internacional de Museos) por el reiterado incumplimiento de su código deontológico.

Cronología de 20 traslados y reinstalaciones

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Frente a la permanente afirmación del MNAC de que las pinturas se destruirían si se trasladan, queremos revelar con fechas y cifras extraídas de documentos internos del MNAC que las pinturas de Sijena han sufrido ya veinte traslados y reinstalaciones:

  1. Año 1936. Arranque de las pinturas y traslado al taller de José Gudiol en la casa Amatller de Barcelona sin el permiso de la Dirección General de Bellas Artes, dado que Sijena era un monumento nacional.
  2. Año 1940. El Comisario de Patrimonio Nacional las encuentra y traslada al Museo de Arte de Barcelona, donde quedan en depósito para ser confiadas al Museo de Huesca hasta su reinstalación.
  3. Año 1943. Por Orden de Bellas Artes, se trasladan al taller de los Gudiol para terminar “de positivarlas” y montarlas, dado que el estar enrolladas las perjudicaba gravemente. Reciben por ello 3.000 pesetas.
  4. Año 1948. Se devuelven al Museo y se montan en los soportes de madera sin permiso de Bellas Artes, cometiendo una nueva ilegalidad. A pesar de ello, Joan Ainaud de Lasarte, presidente de la Junta de Museos de Barcelona, miente diciendo que “sí tiene autorización” para que el Ayuntamiento de Barcelona pague los trabajos (118.000 pesetas).
  5. Año 1951. Por Orden Ministerial, se autoriza a la Diputación Provincial de Huesca (DPH) a custodiar las pinturas que están en el Museo de Barcelona. El Profesor Antonio Beltrán va a Barcelona y el Museo pide a la DPH 334.879 pesetas por los trabajos y el traslado, una cifra exorbitante e inalcanzable para los aragoneses en aquella década.
  6. Año 1953. Ante la polémica, se desmontan y se guardan en distintos almacenes del Museo de Barcelona.
  7. Año 1960. En junio, y a pesar de la Orden Ministerial a favor de la DPH, se presenta Ainaud de Lasarte en Sijena y, sin potestad legal para hacerlo, ordena arrancar todas las pinturas profanas que quedan en el monasterio, abusando de su autoridad franquista.
  8. Año 1961. Se vuelven a montar en los soportes de madera, con motivo de la Exposición Internacional del Románico. Bellas Artes, a toro pasado, da entonces permiso y dice que cuando acabe la Exposición se devuelvan las pinturas a la DPH. Ainaud desobedece otra vez y las deja en su museo.
  9. Año 1970.  Se desmontan varios plafones del intradós de los arcos para mandarlos a la exposición “Masterpieces of Fifty Centuries” del Metropolitan Museum en la ciudad de Nueva York.
  10. Año 1973. Se vuelve a montar la sala para su inauguración dentro de la antigua ubicación del MNAC.
  11. Año 1987. Se vuelve a desmontar por recomendación de los técnicos debido a su deterioro.
  12. Año 1992. Desde 1987 hasta esa fecha se cambian tres veces de sitio dentro del MNAC.
  13. Año 1993. El 1 de junio, se vuelven a trasladar distribuyéndolas en tres salas (Salas Cambó, IV y VII) y se informa que tres arcos tienen graves desprendimientos y los otros dos pequeños desperfectos.
  14. Año 1994. El 6 de junio, una restauradora descubre excrementos de paloma y da parte a sus superiores.
  15. Año 1994.  Un arco entero viaja a Londres, a la “Hayward Art Gallery”.
  16. Año 1995. El 26 de enero, le comunican a Joan Bolet, jefe técnico de restauración, que se “ha producido un hallazgo” en la sala 204, ya que al ordenarla aparecieron cuatro figuras que adornaban los arcos en Sijena. Se recolocan donde les correspondería estar.
  17. Año 1995. Desde mayo hasta marzo se intervienen, desmontan y recolocan varios plafones que Ramón Gudiol había montado a su antojo, sin mirar su correlación, antes de su traslado a la nueva ubicación.
  18. Año 1995. A finales de ese año se montan de nuevo todos los arcos en su actual ubicación.
  19. Año 1997.  Cinco plafones de la Sala Capitular se desmontan y vuelven a viajar a Nueva York, a la exposición “The Glory of Byzantium” en el Metropolitan Museum of Art .
  20. Año 1997-98. A la vuelta, se montan de nuevo en su actual ubicación.

En varios de estos traslados y reinstalaciones no consta que se pidieran los preceptivos permisos a la Dirección General de Bellas Artes o al Ministerio de Cultura, incumpliéndose reiteradamente la Ley de Patrimonio Histórico Artístico de 1933 y la Ley de Patrimonio Histórico Español de 1985.

¡Vente a la Romería Sijena Viva 2025!

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El monasterio de Sijena está vacío, sin comunidad monástica, desde julio de 2020, lo que supone una gran preocupación para todos. Es por ello que nuestra plataforma y otras entidades (Hermanas Sanjuanistas, Orden de Malta, Ayuntamientos de Villanueva de Sijena, Sena, Sariñena, Lastanosa y El Tormillo) organizarán con la colaboración de otros colectivos la IV Jornada «Sijena Viva».

La jornada tendrá lugar el SÁBADO, 18 DE OCTUBRE DE 2025. Costará de dos partes: una romería o peregrinación popular a pie desde Sariñena por la mañana, una cabalgada desde El Tormillo, y varias actividades de carácter espiritual y cultural por la tarde, de forma que la ciudadanía pueda unirse libremente a las diversas propuestas. Pero, si desean participar en la comida fraterna, hay que apuntarse y obtener un tícket de comida.

PROGRAMA

7:00    Romería a caballo desde la iglesia-hospital de peregrinos de El Tormillo del Camino de Santiago. (23 km) pasando por Castelflorite. Interesados en participar con caballo, llamar al 652 61 02 89.

8:00    Romería a pie desde la ermita de Santiago en Sariñena hasta el Monasterio de Sijena haciendo el antiguo Camino de Santiago de Sijena. (Distancia: 16,3 km).

11:00 (Desde esta hora, visitas guiadas al Monasterio y la Sala Expositiva a las 11, 12 y 13 h. que hay que reservar previamente. Se puede tener información y adquirir los tickets en www.sijena.com)

12:00 Bienvenida en Sena a los peregrinos a pie y a caballo ofrecida por el ayuntamiento de Sena.

12:30 Salida desde la iglesia de Sena de quienes vienen de Sariñena y El Tormillo con los que se unen andando a la etapa final (últimos 2 km).

13       Llegada al Monasterio de los caminantes y jinetes de la romería y otros participantes que vendrán directamente. Acogida festiva.

13:15 Misa concelebrada y cantada por la «Aires Monegrinos», que interpretará la «Misa baturra» para orar especialmente por el regreso de la vida monástica a Sijena.

14:00 Foto de familia de la romería a las puertas de la iglesia y visita guiada a la iglesia.

14:30 Paella comunitaria. Para ello, hay que comprar previamente un ticket por 12€ que incluye la paella, pan, bebida, postre y café. Más información AQUÍ.

16:00 Siguen las visitas guiadas en la zona expositiva que hay que reservar previamente quien lo desee.

16:30 Breve concierto de guitarra en la iglesia Santa María de Sijena con obras desde el Barroco a lo actual por el maestro Pedro Andrés Pérez, director de la Joven Orquesta de Guitarras de Zaragoza y con amplia experiencia como director en diversos proyectos de Venezuela, con la colaboración de la Asociación EsperanzARTE de artistas cristianos.

17:15 Danzas medievales con el grupo DANZARIA RECREACIÓN en la plaza de Sijena.

18:00 Chocolatada ofrecida por el Ayuntamiento de Villanueva de Sijena. Confraternización.

19:00 Fin de la Jornada.

NOTAS:

  • En el monasterio hay baños y agua. Se podrán comprar bebidas frescas.
  • Se llevará a los conductores que hayan dejado el coche en Sariñena o El Tormillo.
  • Más información del recorrido y actualización de este programa: www.sijenasi.com
  • En caso de dificultades meteorológicas se informará en esta página de los cambios.
  • La organización se reserva el derecho a hacer los cambios necesarios a este programa.

Quienes deseen además unirse a la comida es preciso tener el ticket de la comida, por lo que es imprescindible obtenerlo días antes. Las actividades están abiertas a todos.

Quienes son de la zona pueden comprar por 12 euros (paella, pan, bebida, postre y café) en puntos de venta locales cuya lista actualizaremos aquí:

  • Villanueva de Sijena: Ayuntamiento, por las mañanas.
  • Sena: Ayuntamiento de Sena, por las mañanas.
  • Sariñena: Hotel Sariñena; Restaurante Boira; Pastelería Trallero.

Quienes no son de la zona pueden INSCRIBIRSE AQUÍ y hacer un ingreso previo por transferencia. Se les dará el ticket en el monasterio.

FECHA LÍMITE PARA OBTENER EL TICKET: 16 DE OCTUBRE O HASTA COMPLETAR AFORO DE 250 PERSONAS MÁXIMO).

Recorrido de la romería a pie:

Perfil de elevación: de 326 a 197 metros (dificultad baja):

MNAC: ¡Cumplan la sentencia YA!

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Más de setenta personas de la plataforma “Sijena Sí” y otros movimientos y partidos políticos nos hemos concentrado este sábado, 27 de septiembre a las puertas del Museo Nacional de Arte de Cataluña para reclamar el cumplimiento de la sentencia que condena al MNAC, tras diez años de juicios, a que devuelva las pinturas de la Sala Capitular de Sijena que tiene en depósito desde después de la Guerra Civil española.

Tras cantar el himno “Sijena Sí”, se ha leído el “Manifiesto de la Sociedad Aragonesa ante el MNAC”, que ha sido suscrito hasta la fecha por veintisiete entidades. Entre los lectores han intervenido: Alfonso Salillas, anterior alcalde de Villanueva de Sijena e iniciador de los procesos judiciales; Tomás Guitarte, presidente de Aragón-Teruel Existe; Cristina Marín, responsable de Cultura y Patrimonio del Chunta Aragonesista; Salvador Ariste, de Chunta Monegros; Manuel Gimeno, coordinar de la Asociación de Apoyo a Teruel Existe; María Gómez, profesora de la Universidad de Valencia; y varios miembros de Sijena Sí.

La Plataforma sigue llamando a otros colectivos a que se sumen a este manifiesto, y ha lanzado una campaña de firmas para pedir a la ciudadanía en general que suscriban y apoyen esta iniciativa. Sijena Sí ya entregó más de 15.000 firmas hace tres años al MNAC reclamando la devolución de las pinturas. Puede firmarse en el enlace anterior, a través de la página www.sijenasi.com o bien directamente en https://www.change.org/p/devuelvan-las-pinturas-de-sijena-manifiesto-de-la-sociedad-aragonesa-ante-el-mnac

El acto ha terminado con un emocionado canto de la Albada de José Antonio Labordeta, un canto por todos los que marcharon de Aragón con el deseo de que regresen, en este caso aplicado a las pinturas de Sijena.

Todos los asistentes han firmado el Manifiesto y se ha intentado entregar al MNAC, que no lo ha querido recepcionar por estar cerrado el registro y contener datos personales. Se enviará por correo certificado esta semana para que este acto histórico y quienes lo han protagonizada queden en sus archivos como un testimonio de la voluntad de pueblo aragonés y muchas otras personas de buena fe por que se respete la Justicia y la Dignidad.

Eco en los medios de comunicación:

Manifiesto de la Sociedad Aragonesa ante al MNAC

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La plataforma “Sijena Sí”, junto a muchas otras organizaciones culturales, políticas y sociales, quiere responder a la presentación el pasado lunes, 8 de septiembre, por parte del MNAC de un escrito de oposición a la ejecución de la sentencia sobre las pinturas de Sijena, donde se reafirma en su «incapacidad técnica» para llevar a cabo la retirada y traslado de las obras aduciendo dificultades que no se presentaron en los tribunales.

Hemos elaborado el “Manifiesto de la Sociedad Aragonesa ante el MNAC” y lanzado una campaña de firmas para pedir a la ciudadanía en general y otras entidades que suscriban y apoyen esta iniciativa.

A su vez, preparamos una concentración a las puertas del MNAC para el sábado, 27 de septiembre donde se leerá este Manifiesto. Entra en esta página para más detalles si quieres venir con nosotros.

……………………………………………………..

El Real Monasterio de Sijena, antiguo panteón real de la Corona de Aragón y sede del Archivo de la Corona de Aragón, construido en 1188 y declarado Monumento Nacional (Gaceta de Madrid, 5 de abril de 1923), ha albergado durante ocho siglos las pinturas murales de su sala capitular y otras de temas profanos.

Tras sufrir un grave incendio durante la Guerra Civil Española en 1936, sus pinturas murales de la sala capitular fueron arrancadas por Josep Gudiol Ricart, funcionario de los museos de Barcelona, quien tomó la decisión de llevárselas en vez de protegerlas in situ de otras formas que también estaban a su alcance y que, como arquitecto, conocía. Durante años las tuvo enrolladas en su taller y, finalizada la guerra civil, quedaron en depósito en Barcelona para ser entregadas al Museo Provincial de Huesca hasta que fueran reintegradas al monasterio una vez rehabilitado. Pero, en lugar de ello, fueron instaladas dos veces en la sede del Museo Nacional de Arte de Cataluña (MNAC) e, incluso, parte de ellas viajaron a exposiciones temporales en Londres y Nueva York

En plena dictadura franquista, en 1960, sin permiso alguno, el entonces director del MNAC, Joan Ainaud de Lasarte, arrancó las pinturas profanas que quedaban para una exposición temporal y, en vez de devolverlas, las colocó también en el citado museo de Barcelona, ocultando que procedían de Sijena y, durante años, exhibiéndolas con la cartela “Castillo en ruinas de Lérida”.

Todas estas pinturas han sido reclamadas durante décadas por Aragón, aspirando a cumplir unas buenas prácticas en la gestión de su patrimonio. Fue en 1996 cuando el Ayuntamiento de Villanueva de Sijena, con la ayuda de las Cortes de Aragón y más tarde con el apoyo del Gobierno de Aragón, comenzó largos procesos judiciales que culminaron con la sentencia firme del Tribunal Supremo de España en la que se condena al MNAC a su devolución, dado que no tiene ningún título de propiedad. El 24 de julio de 2025 la jueza del juzgado Nº 2 de Huesca dictó su ejecución definitiva.

El MNAC, en vez de cooperar para una devolución amistosa, a sabiendas de que solo tiene las pinturas en depósito, ha impedido durante años la labor de técnicos independientes que querían estudiar el estado de las pinturas, ha prohibido el acceso a la documentación que alberga sobre ellas y ha puesto de forma continuada hasta ahora todas las trabas técnicas y jurídicas posibles a fin de evitar su reintegración al monasterio.

Parte de esas trabas provienen de que el MNAC está replicando modelos obsoletos de gestión del patrimonio, cada vez más criticados por los especialistas. Así, invocan patrones mercantilistas como el número de visitantes o supuestas necesidades de conservación para justificar el no entregar las pinturas, quedándose desfasados en comparación con la respuesta de otros museos o archivos como, por ejemplo, la devolución de miles de piezas arqueológicas de la Universidad de Yale en su disputa con Perú, la del Museo Nacional de Culturas del Mundo y el Rijksmuseum de Ámsterdam que devolvieron recientemente a Indonesia y Sri Lanka 478 obras saqueadas en el periodo colonial, o el Archivo General de la Guerra Civil Española devuelto a la Generalitat de Cataluña.

Como última excusa a la desesperada, se aducen ahora nuevos problemas con las pinturas que antes no existían, ni en anteriores traslados de las piezas ni en el juicio, y el MNAC ha presentado el 8 de septiembre de 2025 un «incidente de ejecución» para mostrar nuevos argumentos técnicos en contra del traslado. No es admisible plantear a estas alturas, como ha hecho recientemente su director, Pepe Serra, ciertas dudas que no se manifestaron en los juzgados. Fueron los propios peritos del MNAC, Mireia Mestre y Rosa Gasol, quienes dijeron en el procedimiento principal que las pinturas murales se podían trasladar. Según dicta la sentencia del Juzgado número 2 de Huesca de 4 de julio de 2016, «ningún perito ha afirmado la imposibilidad de trasladar las pinturas a la Sala Capitular ni que el traslado vaya a suponer inexorablemente la pérdida de las pinturas, por lo que el traslado de las pinturas y su integración en la Sala Capitular es posible siempre que se adopten las medidas y precauciones necesarias para ello». Ni el MNAC ni la Generalitat apelaron este punto de la sentencia, por lo que es “cosa juzgada” y ya no se puede cuestionar.

Con esta postura, el MNAC está incumpliendo de forma flagrante el Código de Deontología del Consejo Internacional de Museos (ICOM) que especifica en su artículo 6.2. que «los museos deben estar dispuestos a entablar un diálogo con vistas a la devolución de un bien cultural al país o comunidad de procedencia». Asimismo, el artículo 6.3 dice: «Si un país o una comunidad de los que proceden objetos o especímenes piden su restitución y se puede probar no solo que estos han sido exportados, o transferidos de otra manera, en contra de los principios de los convenios internacionales y nacionales, sino que además forman parte del patrimonio cultural o natural del país o la comunidad peticionarios, el museo interesado debe tomar rápidamente las medidas pertinentes para cooperar en su devolución».

Lamentablemente, las sucesivas respuestas del MNAC y sus patronos (el Ayuntamiento de Barcelona, la Generalitat de Cataluña y el Ministerio de Cultura del Gobierno de España) han creado una polarización extrema en parte de la sociedad catalana intentando hacer ver que este asunto es un tema político de Aragón contra Cataluña, pero el hecho del traslado de las pinturas es básicamente un tema científico y de justicia social.  

En todo ello vemos, como en tantas otras ocasiones, la crispación creada por muchas instituciones culturales que obvian en sus debates la racionalidad, el sosiego y la ecuanimidad necesarios en cualquier discusión científica, y desprecian o no valoran de manera adecuada el contexto histórico en el que se crearon las obras artísticas y dónde estaban originalmente, lo que  les lleva a marginar a los pequeños pueblos como sede de espacios culturales o museos, despojándolos o expoliándolos de su patrimonio y concentrado las obras artísticas en sus salas o almacenes, sin valorar el territorio original de las mismas. Esto es especialmente sangrante al provocar un enfrentamiento entre comunidades históricamente unidas en la Corona de Aragón. Es obvio que las pinturas románicas son la “piel” de los edificios románicos y su valor se debería apreciar en el conjunto del edificio para el que fueron concebidas.

Los aquí presentes, en nombre de muchas entidades ciudadanas, culturales, políticas y administrativas, exigimos al MNAC que devuelva a los pueblos lo que les pertenece y, en el caso de Sijena, lo haga con plena colaboración técnica de Aragón hasta alcanzar la ejecución de la sentencia del Tribunal Supremo y el fin de un litigio que nunca debió existir. 

Por Justicia y Dignidad, ¡devuelvan de una vez las pinturas murales de Sijena!

Se adhieren a este manifiesto (por orden de adhesión):

Asociaciones y entidades culturales:

  • Asociación Plataforma Sijena Sí
  • APUDEPA – Acción Pública para la Defensa del Patrimonio Aragonés
  • Asociación de Apoyo a Teruel Existe (Teruel)
  • Instituto de Estudios Sijenenses “Miguel Servet” (Villanueva de Sijena)
  • Asociación Territorio Goya (Zaragoza)
  • Asociación Cultural Mona Lisa España (Torrent, Valencia)
  • Sa Fundació Jaume III (Palma de Mallorca)
  • Asociación Aragonesa de Críticos de Arte (Zaragoza)
  • Societat Lo Rat Penat (Valencia)
  • Plataforma Huesca Suena (Huesca)
  • Fundación Escuela y Despensa (Zaragoza)
  • Asociación cultural AGUISOBA (Barbastro)
  • Asociación EsperanzARTE (Zaragoza)
  • Centro de Estudios del Jiloca (Calamocha)
  • Peña Zaragocista de Valencia «José Luis Violeta»
  • Asociación de la Tercera edad Pedro II (Villanueva de Sijena)
  • Asociación de Mujeres y Consumidores “San Blas” (Vill. de Sijena)
  • Federación de Asociaciones Culturales del Aragón Oriental (Fraga)

Partidos políticos:

  • Aragón-Teruel Existe
  • Chunta Aragonesista CHA
  • Valencia Unida
  • Despertar Aragón

Ayuntamientos:

  • Ayuntamiento de Villanueva de Sijena
  • Ayuntamiento de Sena
  • Ayuntamiento de Farlete
  • Ayuntamiento de Sariñena

Otros:

  • Real Parroquia de El Salvador y Santa Mónica de Valencia

Las entidades que desean adherirse, deben mandar un mensaje desde un correo corporativo a plataforma@sijenasi.com.

Rueda de prensa

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La plataforma “Sijena Sí” ha llevado a cabo hoy una rueda de prensa en el Centro Joaquín Roncal de Zaragoza para informar de los siguientes puntos:

  1. Satisfacción por la caída del “Decreto contra los apagones”. Sijena Sí se unió al lema “renovables sí, pero no así”. El decreto que se pretendía aprobar, aun teniendo muchos elementos positivos, contenía la posibilidad de reavivar proyectos que se habían elaborado sin tener en cuenta ni al territorio ni a sus gentes, entre los que está el proyecto Octante de cinco gigantescos molinos frente al Monasterio de Sijena.
  2. Recuerda de nuevo que, el pasado 26 de junio, consiguió que las Cortes de Aragón aprobaran una proposición no de ley en la que toda la cámara aragonesa rechazaba el proyecto Octante. Puede verse aquí el texto completo: Nota de prensa: Cortes de Aragón – Parlamento
  3. Celebra el auto de la jueza Rocío Pilar Vargas, magistrada del juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Huesca, activando la orden de ejecución definitiva de la sentencia que obliga al Museo Nacional de Arte de Cataluña (MNAC) a restituir las pinturas románicas de Sijena.
  4. Reitera la postura de su Comité Científico, que hace unas semanas hizo una declaración donde se denuncia las maniobras dilatorias del MNAC con informes nuevos que no se presentaron ante los juzgados y que ningún valor legal tienen ahora. Véase: Declaración del Comité Científico de Sijena Sí ante la postura del MNAC
  5. Ante esta postura del MNAC, que sigue posponiendo la entrega de las pinturas, Sijena Sí ha elaborado un Manifiesto que va a enviar esta semana a diversas asociaciones, instituciones y grupos políticos para que lo suscriban. En el mes próximo informará de su contenido y de las entidades que lo apoyan.
  6. Este manifiesto, si la actitud del MNAC persiste, será entregado al director de dicho museo en una concentración que se llevará a cabo a las puertas del MNAC en la fecha que se comunicará junto con los apoyos.
  7. Finalmente, insta al Gobierno de Aragón a hacer las cosas de forma óptima, a soñar algo más que la simple instalación de las pinturas en la Sala Capitular, y a elaborar un ambicioso Plan Director que responda al resto de necesidades para convertir Sijena en un enclave multidimensional del que todos nos podamos sentir orgullosos.

Ecos en Televisión:

Declaración del Comité Científico de Sijena Sí ante la postura del MNAC

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El Comité Científico de la Plataforma Sijena Sí, con la participación de reconocidos expertos en las diversas áreas que atañen al Real Monasterio de Sijena, llevó a cabo las Jornadas Soñar Sijena cuyas crónicas pueden leerse aquí: 2019 y 2023. Gracias a ellas se consiguió, entre otras cosas, la celebración del Año de Sijena 2023 que las Cortes de Aragón auspiciaron por iniciativa de Sijena Sí mediante la Proposición No de Ley Nº 359/20 que canalizó muchas de las reivindicaciones de sus expertos, algunas de las cuales, sin embargo, siguen sin realizarse.

La preocupación de esta Plataforma ha sido, desde el primer momento, que todo lo que se haga en Sijena se haga de forma óptima, con el máximo nivel de seguridad, calidad e innovación para legar a las generaciones futuras un monasterio rehabilitado integralmente, lleno de belleza, arte y espiritualidad. De allí que nos veamos obligados en estos momentos a responder públicamente a las amenazas del MNAC de presentar un escrito de oposición a la entrega de las pinturas murales de la Sala Capitular en el que afirman poder aportar más documentación e informes.  Ante esta situación, declaramos:

  1. De forma unilateral, el Patronato del MNAC, integrado por la Administración General del Estado, la Generalitat de Cataluña y el Ayuntamiento de Barcelona, acordó la creación de un grupo de trabajo de carácter técnico e integrado únicamente por personal especializado, con la finalidad de evaluar y llevar a cabo los trabajos necesarios para el cumplimiento de las resoluciones jurídicas dictadas en relación con las pinturas de la sala capitular de Sijena e invitar al Gobierno de Aragón a integrarse en dicha comisión. La decisión del museo es comprensible pues debe hacer frente al requisito judicial y debemos entender también que su obligación, como garante de las obras, sea procurar que todos los procesos se realicen de forma correcta, no así el hecho de incorporarse a ella el Gobierno de Aragón. Consideramos que este no debería haber aceptado la propuesta de integrarse en la comisión técnica de trabajo. El dictamen judicial es claro: la responsabilidad de las medidas a adoptar sobre desmontaje, embalaje y transporte recaen solo y únicamente sobre el MNAC.
  2. No es admisible plantear a estas alturas, como ha hecho recientemente su director, Pepe Serra, ciertas cuestiones que no se presentaron en los juzgados, algo que solo se puede interpretar como pretexto para intentar por todos los medios dilatar en el tiempo la ejecución de la sentencia, generando dudas y recelos técnicos y recopilando informes de forma acelerada en defensa de sus intereses; todo ello para volver a valorar el riesgo que supone llevar a cabo la ejecución a partir de estudios encargados a entes o personas que mantienen una estrecha colaboración con el museo. Todo ese asunto es cosa juzgada porque fueron los propios peritos del MNAC, Mireia Mestre y Rosa Gasol, quienes dijeron en el procedimiento principal que las pinturas murales se pueden trasladar. Eso no se puede ni remover, ni cuestionar, ni menos incumplir.
  3. Estos informes técnicos deberían haberse realizado de forma continuada y metódica desde el preciso momento en el que se incorporaron las obras al museo y deberían haberse aportado en su momento al proceso judicial. Sin embargo, durante el propio proceso se pudo avalar, con los técnicos del museo que testificaron allí, la viabilidad del proceso que requiere la intervención, por lo que esta batería de estudios requeridos solo puede responder a un interés para demorar el hecho sentenciado y generar inseguridad con un supuesto “aval científico”. Según la dirección del museo se realizaron analíticas a partir del preciso momento en el que se judicializó la demanda, año 2016; ahora resulta que se requiere aportar más información (informes del CSIC, del laboratorio de Microbiología Aplicada y Medioambiental de la UAB, de la Escuela Politécnica Superior de Ingeniería de la UPC o del Centro Innotex de la UPC, el informa de la Doctora Simona Sajeva…).
  4. Si la presentación del conjunto mural actual data de los años 90 y el conocimiento del estado de conservación era de “extremada fragilidad”, no se justifica que no se hubiera realizado un control normalizado de seguimiento tanto para conocer la evolución del conjunto como para poder valorar medidas apropiadas para preservar su conservación, ampliar el conocimiento artístico sobre la obra y plantear criterios de restauración que pudieran redundar en la propia presentación del conjunto mural. Por ello nos preguntamos seriamente: ¿ha existido una dejación de responsabilidad por parte de la dirección y responsables técnicos del MNAC durante todos estos años?
  5. Esta actitud del MNAC no debería permitirse si nos atenemos al código deontológico del ICOM (Consejo Internacional de Museos) al que se debe el MNAC. Siguiendo las directrices del código, el Título VI hace referencia a la colaboración con las comunidades de las que provienen las colecciones; si leemos el punto 6.2, en el que se especifica el hecho de la devolución de bienes culturales, se indica que «los museos deben estar dispuestos a entablar un diálogo con vistas a la devolución de un bien cultural al país o comunidad de procedencia» y que debe hacerse de manera imparcial, basándose no sólo en principios científicos, profesionales y humanitarios; Asimismo, el punto 6.3  dice textualmente refiriéndose a la restitución de bienes culturales: «Si un país o una comunidad de los que proceden objetos o especímenes piden su restitución y se puede probar no solo que estos han sido exportados, o transferidos de otra manera, en contra de los principios de los convenios internacionales y nacionales, sino que además forman parte del patrimonio cultural o natural del país o la comunidad peticionarios, el museo interesado debe tomar rápidamente las medidas pertinentes para cooperar en su devolución, si tiene la posibilidad legal de hacerlo».
  6. Por todo ello, es evidente que ha habido una dejación por parte del MNAC a la hora de gestionar este fondo que posee en depósito.  No podemos olvidar que las pinturas murales fueron arrancadas por Gudiol en 1936 sin permiso de las monjas propietarias (pues sabía que ya se lo habían denegado meses antes) y sin la debida autorización de la D.G. de Bellas Artes de la II República, por lo que su actuación, aparte de ser de «muy mala calidad», como afirmó el mismo jefe de taller del MNAC Manuel Grau Mas, constituía un delito penado por el Código Penal de la II República. Tampoco que las pinturas han sido instaladas varias veces en distintos sitios, incluso algunas han viajado a exposiciones temporales en Londres y Nueva York. Por ello nos parece una falsedad que el MNAC manifieste no tener la capacidad técnica para llevar adelante la tarea de devolverlas. A estas alturas hay una sentencia que hay que acatar y cumplir y, si el MNAC no lo hace, sabe que se arriesga a contraer graves responsabilidades de todo orden además de dejar de pertenecer al ICOM.

Después de los pasos dados, del esfuerzo que ha requerido obtener Justicia y del logro final conseguido en los juzgados, sería un despropósito que todo ello se prolongara en el tiempo por estas maniobras dilatorias de confusión y de generación de inquietud ciudadana, siempre usada “a río revuelto” por quienes desean que Sijena se vea como un tema político en vez de lo que es: un asunto de Justicia y Dignidad. Por ello, este Comité Científico de la Plataforma Sijena Sí se vuelve a poner al servicio de Aragón para poder aportar su experiencia.

Invitamos a otros expertos a subscribir esta declaración en los comentarios de esta página, abajo.