Pleitos

Apoyamos la continuidad de Jorge Español al frente de los pleitos de Sijena

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Reunida la Coordinadora de la Plataforma Sijena Sí, acuerda:

  1. Manifestar su apoyo y agradecimiento a D. Jorge Español Fumanal, abogado del Ayuntamiento de Sijena en todos los pleitos por el patrimonio del Real Monasterio de Sijena que han sido ganados a lo largo de los últimos once años: Bienes de Sijena, Pinturas de la Sala Capitular, etc. Él es el experto cuya sabiduría legal ha sido decisiva para desmantelar toda la estrategia judicial de la Generalitat de Cataluña y sus museos contra los justos intereses de Aragón.
     
  2. Denunciar las presiones políticas que el Ayuntamiento de Villanueva de Sijena viene sufriendo por una parte del Gobierno de Aragón y del PSOE y que comenzaron hace tres meses con las muy desafortunadas declaraciones de Dña. Mayte Pérez, Consejera de Presidencia del Gobierno de Aragón y anterior Consejera de Cultura. La Consejera defendió entonces a un exconsejero catalán, Santi Vila, que está procesado por desobediencia a la autoridad judicial junto con Lluis Puig i Gordi, el otro exconsejero huido de la Justicia, gracias a la iniciativa del Ayuntamiento de Villanueva de Sijena y a pesar de la falta de apoyo del Gobierno de Aragón, que se desmarcó de tal litigio, tras apoyarlo inicialmente, sin aportar razones convincentes. 
  3. Manifestar su total unanimidad al considerar que no es admisible que el alcalde de Villanueva de Sijena, D. José Jaime Castellón,  acceda a prescindir de D. Jorge Español porque esto pone en peligro el triunfo final de nuestra causa en los tribunales.  Así lo ha pretendido en los últimos días la Diputación Provincial de Huesca al ofrecer cambiarlo por una de sus letradas que llegó incluso a pedirle la venia a D. Jorge Español sin que él hubiera sido apartado oficialmente del caso. Bien haría, sin embargo, la DPH en ayudar económicamente al ayuntamiento de Villanueva de Sijena en todos estos pleitos.
  4. Corroborar que gracias a las acciones penales instadas por el Ayuntamiento de Villanueva de Sijena contra estos exconsejeros se entregaron el pasado marzo las 111 piezas de las parroquias de Barbastro-Monzón, por el temor de la consejera de cultura catalana y del obispo de Lérida a acabar como Santi Vila. Así lo declararon ellos en diversos medios.
  5. Volver a insistir en que, mientras no hayan sido devueltas las pinturas de Sijena expoliadas por los museos de Barcelona en la Guerra Civil, cumpliendo las sentencias que a ello les obligan, no cabe ningún gesto de magnanimidad con quienes abiertamente desobedecieron las órdenes judiciales y añadieron más leña al fuego de una explosiva situación en Cataluña en la que nada tenían que ver las justas reivindicaciones aragonesas, que se intentaron presentar interesadamente como decisiones políticas.

Ecos en los medios:

¡Gracias, luchadores!

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Es importante dar a cada uno lo que le corresponde. Y en la corta historia de la lucha por el Códice de Doña Sancha, tenemos que mencionar aquí a cuatro miembros de nuestra Plataforma: Juan José Nieto y Jorge Español, que presentaron la denuncia original que facilitó su retención; Ildefonso Salillas, entonces alcalde de Villanueva de Sijena, que personó a su ayuntamiento en los juzgados; y José Jaime Castellón, actual alcalde de Sijena, que ha mantenido la lucha durante este último año. ¡Felicitaciones a todos!

Y, para poner los puntos sobre las íes y evitar lo que ocurrió en la recepción de los bienes de Lérida, el Heraldo de Aragón ha publicado hoy una nota de rectificación con este texto:

Señor Director del Heraldo de Aragón:
El pasado 23 de abril de 2020 su periódico publicaba una inexacta información sobre el preciado “Códice de Doña Blanca de Aragón” del Real Monasterio de Sijena.

El Códice fue depositado por un particular en el Archivo Histórico Provincial de Huesca para la posible compra por el Gobierno de Aragón el 10 de febrero. El director del archivo, Juan José Generelo y yo, coincidimos en la jornada “soñar Sijena” el día 23 de febrero. Allí me consultó sobre la posible procedencia del códice. Me alarmé porque sabía que desde hacía un año había un libro de estas características a la venta pero no lo había podido localizar. Tras unas comprobaciones, informé al director del archivo y al abogado de Villanueva de Sijena, Jorge Español, de que el Códice posiblemente desapareció del monasterio en la Guerra Civil. Jorge Español redactó conmigo la denuncia que yo en persona puse el día 28 de febrero ante la Policía Judicial, tras los infructuosos intentos del entonces alcalde de Sijena, Alfonso Salillas y del abogado Jorge Español de contactar con los responsables del Gobierno de Aragón para realizar una acción conjunta. Era necesario actuar deprisa antes de que el particular retirase el Códice y saliese de Aragón para siempre y lo perdiéramos. Desde el Archivo Histórico Provincial de Huesca nos remitían a la dirección General de Patrimonio, inoperativa porque los responsables del Gobierno de Aragón estaban en una exposición de Sijena en Sicilia. Eso sí, en dicho Archivo, al comprender su posible procedencia ilícita, aceleraron informes lo más rápido posible para la intervención del Códice.

A raíz de esta denuncia, en la que nunca participó el Gobierno de Aragón como se deja entender en su noticia, la Policía Judicial intervino el preciado manuscrito y decretó el depósito provisional del mismo ante dicho Archivo Histórico mientras durase la investigación penal que el Ayuntamiento de Sijena inició por medio de su letrado Jorge Español. De no haber sido por esto, ahora mismo el manuscrito ya no estaría en Aragón y se habría perdido para siempre. Terminada la investigación penal, el Ayuntamiento pidió al Juzgado que el manuscrito se entregarse solidariamente al Gobierno de Aragón y al Ayuntamiento para dejarse en depósito definitivo ante el Archivo Histórico Provincial de Huesca, y no es hasta este momento, cuando sorprendentemente se persona en autos el Gobierno de Aragón que pidió lo mismo. Felizmente, hoy mismo, el Juzgado ha decidido que no se devuelva al particular que lo ofrecía en venta y quede ese rico códice en situación de depósito definitivo en dicho Archivo.

Heraldo de Aragón presenta la noticia que todos los pasos para la preservación del Códice han sido solo mérito del Gobierno de Aragón. Otros medios no. La realidad es que ha sido el Ayuntamiento de Villanueva de Sijena con la colaboración mía y de Jorge Español los que han impedido que se comercie con ese manuscrito y que Aragón lo haya perdido para siempre. La Fiscalía de Huesca ha corroborado esta titánica acción de recuperación patrimonial en donde el Gobierno de Aragón poco o nada ha tenido que ver lamentablemente. Como ve, la realidad es bastante distinta de lo que ha publicado su medio. Me parece muy grave la desinformación a sus lectores, a los que ni con esas lograrán ustedes engañar en este asunto, y ruego que conforme a mi derecho de rectificación, publiquen ustedes esta carta en plazo legal.

Fdo: Juan José Nieto Callén en Barbastro a 24 de abril de 2020.
Doctor en Historia por la Universidad de Zaragoza

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¡Sijena recupera el Códice de Doña Blanca!

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huesca-juzgadosEl Juzgado Nº 4 de Huesca ha sentenciado que el Códice de Doña Blanca quede en permanente depósito en el Archivo Provincial de Huesca hasta que pueda exponerse en Sijena.

Así, Aragón ha recuperado un valioso códice medieval, que contiene las reglas del Real Monasterio de Sijena. El manuscrito data del siglo XIV, de estilo gótico, y su confección fue encargada por la entonces priora Blanca de Aragón, perteneciente a la familia real aragonesa.

El «Códice de la priora Blanca de Aragón», como se conoce este bien, salió a la luz hace poco más de un año. Había acabado en manos de la Editorial Mintzoa, una empresa navarra propiedad de Aritz Otazu Lujambio que creyó haberlo adquirido legalmente y que pretendía revenderlo al Gobierno de Aragón.
En febrero de 2019, esa editorial ofreció el códice al Ejecutivo aragonés. Le propuso que se lo comprara. Pidió por esa pieza 36.000 euros más IVA (4%). Para dar tiempo a que las autoridades autonómicas se lo pensaran y pudieran comprobar la pieza, dejó el códice en el Archivo Provincial de Huesca.

El Gobierno aragonés no se pronunció y el códice estuvo a punto de ser retirado de nuevo por el empresario navarro. Para evitarlo, Juan José Nieto hizo una denuncia que fue seguida por el Ayuntamiento de Villanueva de Sijena, que interpuso acciones legales.

El abogado del Ayuntamiento de Villanueva de Sijena, Jorge Español, pidió que se dilucidaran responsabilidades penales por el comercio ilegal del que había sido objeto ese códice. Aquello motivó la apertura de una investigación policial y el Gobierno aragonés acabó sumándose a la causa.

Finalmente, la titular del juzgado número 4 de Huesca, Cristina Salueña, ha resuelto que el códice debe quedar definitivamente depositado en el Archivo Provincial de Huesca, donde además reside también desde hace tiempo el resto de fondos del histórico archivo del Monasterio de Sijena, hasta que ese convento tenga habilitado un espacio adecuado para albergarlo.

Los tribunales no han visto responsabilidad penal en lo ocurrido con el códice gótico. Pero sí considera que está fuera de toda duda que esa pieza forma parte del Monasterio de Sijena, que en 1923 fue declarado monumento histórico-artístico en su integridad, tanto el edificio como el arte mueble que atesoraba. Eso convertía todas sus colecciones en parte de un todo unitario, que ni podía desgajarse ni comerciarse con esos fondos. De ahí que ahora se determine que la posesión de ese códice no puede estar en manos privadas ni mucho menos ser objeto de compraventa.

Otro capítulo del expolio de Sijena

Jorge Español ha explicado que la editorial en cuyas manos estaba el códice puede tratar de defender los intereses legítimos que considere oportunos. Pero -indica este abogado- lo que ha quedado probado es que se trata del códice de la regla de Sijena -el manuscrito que recogía las normas de cada monasterio-, que no puede ser objeto de compraventas y que ha de quedar reintegrado al tesoro artístico de ese emblemático cenobio de la Corona de Aragón.

Lo que no ha podido determinarse es cómo llegó ese códice medieval a manos de esa editorial navarra, qué cadena siguió desde que la pieza fue expoliada del Monasterio de Sijena. Según Jorge Español, la investigación policial ha identificado varias personas que fueron comprando y vendiendo el códice hasta acabar en Pamplona, pero no han podido concretarse realmente cómo se produjeron esas operaciones, porque varios de los aludidos hace tiempo que fallecieron.

La recuperación del códice suma un nuevo capítulo en la larga batalla legal de Villanueva de Sijena por recuperar los bienes expoliados de ese histórico monasterio. El tesoro artístico de Sijena acabó en manos de la Generalitat, a la que se le ha retirado para reintegrarlos a ese histórico monasterio aragonés.

Medios:

ABC Aragón: Recuperado un valioso códice de la Corona de Aragón que fue expoliado del tesoro de Sijena

Confilegal: Una juez ordena el depósito definitivo del Códice de la Corona de Aragón en el Archivo Histórico de Huesca

El Diario.es: Aragón recupera por orden judicial un “valiosísimo” manuscrito medieval de Sijena

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La Fiscalía se suma a la recuperación del Códice de Doña Blanca

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codice-de-dona-blanca-de-aragon-de-sijenaHace unos días, el Ayuntamiento de Villanueva de Sijena se La Fiscalía Provincial de Huesca también ha intervenido en el proceso judicial sobre el códice de doña Blanca de Aragón, un manuscrito del siglo XIV que desapareció durante la Guerra Civil del monasterio de Sijena y que fue intervenido por la Brigada de Patrimonio de la Policía Nacional de Zaragoza en febrero de 2019, después de que una editorial de Pamplona ofreciera su compra al Archivo Provincial de Huesca.

El fiscal ha dirigido un informe a la magistrada del juzgado de Instrucción número 4 de Huesca, que ha decidido archivar el caso por la vía penal, en el que solicita que la obra se quede en depósito permanente en el archivo oscense, donde permanece desde el inicio del litigio, al entender que no puede estar en manos de un particular, ya que forma parte del tesoro artístico del monasterio, que, junto a todos sus bienes, está protegido desde el año 1923, momento en el que fue declarado Monumento Nacional y por lo tanto, conjunto indivisible, tal y como reconoce la sentencia que permitió el regreso de las 97 piezas retenidas en Cataluña.

Los miembros de nuestra plataforma, Juan José Nieto, Jorge Español e Ildefonso Salillas están consiguiendo, lentamente –como va siempre nuestra Justicia– que se llegue a recuperar este valioso Códice de Doña Blanca. La Fiscalía se suma así al Ayuntamiento de Villanueva de Sijena, que inició este pleito con la denuncia inicial presentada por Juan José Nieto, a la que más tarde se sumó el Gobierno de Aragón. Descartada la vía penal, ahora, por vía civil, se espera obtener una sentencia definitiva.

Medios:

El cardenal Omella manifiesta que los bienes del Aragón Oriental tienen que volver

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El arzobispo de Barcelona y presidente de la Conferencia Episcopal Española (CEE), el aragonés Juan José Omella, ha manifestado en una entrevista a Radio Huesca sobre la situación actual de la pandemia por el coronavirus que el litigio de los bienes religiosos de la Diócesis Barbastro-Monzón depositados en el Museo de Lérida y que Cataluña se niega a devolver, «está durando mucho, es demasiado largo». El también cardenal, en una entrevista concedida a Radio Huesca, ha mostrado su deseo de que el juez «dé ya la solución».

El juez titular del Juzgado número 1 de Barbastro emitió en diciembre un fallo favorable a la devolución de los 111 bienes retenidos en Lérida que la Generalitat de Cataluña ha conseguido desviar al Tribunal de Conflictos Jurisdiccionales, lo que vuelve a dilatar el proceso.

Omella, que fue obispo de esta Diócesis entre diciembre de 1999 y mayo de 2004, ha recordado que ya entonces «se nos pidió que los pueblos que tenían piezas artísticas en el Museo de Lérida las reclamaran por escrito, y así se hizo. El presidente de la CEE ha recordado la sentencia del derecho canónico ‘rex clamat domino’ (la cosa llama a su dueño) para afirmar que estos bienes «tienen que volver».

El prelado ha reconocido que la solución está clara y es sencilla pero que «los litigios complican los asuntos». Asimismo, ha señalado que «tendremos que tener mucha paciencia, pero yo repito siempre el viejo adagio de que ‘la verdad padece pero no perece’.

Medios:

El Gobierno de Aragón se suma a la reclamación por el Códice de Doña Blanca

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Códice de Doña Sancha

El año pasado ya informamos de la reclamación iniciada por el Ayuntamiento de Villanueva de Sijena del Códice de Doña Blanca. Ahora el Gobierno de Aragón se suma al Ayuntamiento de Villanueva de Sijena y se personará para reclamar por vía civil la devolución del manuscrito «Códice de Doña Blanca» (siglo XVI) que sigue, en depósito judicial, en el Archivo Provincial de Huesca desde que el barbastrense Juan José Nieto, doctor en Historia y miembro del Comité Científico de nuestra Plataforma, presentó la primera denuncia el 28 de febrero de 2019. Copiamos aquí la noticia, elaborada para el Diario del Altoaragón por Ángel Huguet.

En las Diligencias Previas presentadas por Alberto Gimeno, letrado del Gobierno de Aragón, en el Juzgado de Primera Instancia número 4 de Huesca, pide que se ordene la devolución del Códice porque es «parte indivisible» del tesoro artístico del Real Monasterio de Sijena que tiene la consideración de monumento nacional (1923; en todo caso, que se ordene la continuidad del manuscrito en depósito en el Archivo Provincial.

Se refiere a la situación actual como un caso análogo al de la Cuna de Sijena procedente del Real Monasterio cuyas diligencias se tramitaron en el Juzgado de Instrucción número 3 de Barcelona, al que se envió desde Huesca tras la denuncia del Ayuntamiento de Sijena. La resolución del juez de Barcelona fue favorable y ordenó la reintegración de la Cuna que se custodió en depósito judicial en la Comisaría de Zaragoza hasta su entrega al Gobierno de Aragón para su devolución al monasterio. Hoy, forma parte de la colección de obras devueltas por el MNAC y el Museo de Lérida.

En opinión del Gobierno de Aragón son situaciones similares y se podría evitar la vía civil si se aplica el mismo criterio del Juzgado número 3 de Barcelona para «evitar dilaciones indebidas» tras la decisión de la Audiencia Provincial que desestimó el recurso de apelación del Ayuntamiento. Se reitera que el manuscrito forma parte del tesoro artístico del Monasterio de Sijena, y de la biblioteca de la Sala Capitular.

Por lo tanto, «fuera de este ámbito su posesión y propiedad son nulas de pleno derecho aparte de que son bienes culturales con los que no se puede comerciar y por la condición de propiedad de la iglesia tampoco pueden estar en manos de particulares como son Aritz Otazu y editorial Mintzoa» que ofreció la venta al Archivo Provincial. Hasta que se solucione la situación, allí sigue el manuscrito «Privilegium Sanctae regule Ordinis Sancti Augustini et Monasterii de Xixena» tras recuperarlo la Brigada de Policía Judicial de Zaragoza.

Jaime Castellón, alcalde de Villanueva de Sijena, ha valorado la implicación del Gobierno de Aragón en términos muy positivos «es una buena noticia que refleja el compromiso en defensa del patrimonio como ya hizo en la devolución de la Cuna y en la tabla renacentista «La presentación de Jesús en el templo» que sigue en depósito judicial en el Museo de Zaragoza. A partir de ahora exploraremos las posibilidades y opciones para que devuelvan el manuscrito sin descartar la vía civil si no queda más remedio».

Por su parte, Juan José Nieto, señaló «no estaría de más que el Gobierno de Aragón explicara su demora con más de un año en personarse en los juzgados sin presentar el caso en los tribunales. Máxime si todo apunta a que el manuscrito se sustrajo del monasterio durante la Guerra Civil. Y no hacer como en otras ocasiones cuando artículos similares se compran en el mercado de antigüedades».

En este sentido, «no estoy en contra de que los coleccionistas o anticuarios tengan estos objetos pero, al comprarlos deberían examinar con lupa la cadena de propiedad y ésta debe ser intachable. Documentar la venta de las obras de arte es un requisito desde hace casi un siglo. En todo caso el mérito inicial de esta acción será del Ayuntamiento y de su abogado que han conseguido retener el manuscrito más de un año hasta que el Gobierno de Aragón se ha personado».

Medios:

Urgimos a la Audiencia a resolver el recurso de las pinturas de Sijena

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Varios componentes de la Plataforma Sijena Sí han hecho hoy entrega por registro en la Audiencia Provincial de Huesca de una carta dirigida a su presidente para impulsar la acción de la justicia en uno de los múltiples contenciosos que siguen abiertos para tratar de recuperar los bienes del monasterio que fueron expoliados en reiteradas ocasiones.

El 4 de julio de 2016 el Juzgado de Primera Instancia número 2 de Huesca dictó sentencia para que el Museo Nacional de Arte de Cataluña (MNAC) devolviera las pinturas a su lugar de origen, sentencia que fue recurrida por esta entidad y por la Generalitat catalana.

Tres años y medio después de la sentencia favorable, la Audiencia Provincial no ha resuelto el recurso de apelación y eso solo genera problemas a ambas partes y falsas expectativas a los que se creen, sin serlo, sus propietarios.

Por ello hemos entregado hoy una carta con el siguiente texto:

Ilmo. Sr: La Plataforma “Sijena Sí” lucha en todos los ámbitos que le es posible por el justo regreso del patrimonio cultural aragonés emigrado y, fundamentalmente, por la reintegración del tesoro artístico del Real Monasterio de Sijena y de los 111 bienes artísticos de las parroquias aragonesas que pasaron del Obispado de Lérida al nuevo Obispado de Barbastro-Monzón.

Uno de los asuntos que vemos con preocupación es la larguísima espera de los recursos de apelación que llegan a esta Audiencia Provincial de Huesca, donde, en el caso de las pinturas murales del Monasterio de Sijena, hace más de tres años que están pendientes de resolverse los recursos interpuestos contra la Sentencia de 4 de julio de 2016 dictada por el Juzgado nº 2 de Huesca, sentencia que no se podrá ejecutar hasta que no haya sentencia firme.

Estamos seguros que V.I. habrá hecho cuantas gestiones haya podido para remediar esta alarmante situación que exige, sin duda, que se cree ya una segunda sección en esa Audiencia Provincial de Huesca, pero, nos gustaría que V.I. remitiese copia de esta misiva, como así lo pedimos, al Ministerio de Justicia, al Gobierno de Aragón y al Consejo General del Poder Judicial para reclamarles presten atención sobre este urgente asunto que nos desborda.

Aquí está empeñada la causa de Aragón y de España, siendo uno de los episodios judiciales más importantes del mundo en materia de recuperación del patrimonio cultural, por lo que, todas las instituciones tienen que estar a la altura y dar la talla para que estos casos se resuelven en un tiempo razonable.

Esperando dé traslado de esta carta a dichas instituciones y vuelva a requerir la atención de las mismas para resolver este problema, le saluda muy atenta y cordialmente en Huesca, a 3 de enero de 2020, el Presidente de esta Plataforma.

Seguidamente, la Plataforma ha ofrecido una rueda de prensa a sus puertas ante multitud de medios para explicar el contenido de la carta y manifestar su postura ante otros temas relacionales con el arte aragonés expoliado o emigrado. En especial han puesto el énfasis en estos temas:

  • Su petición de apoyo a la ciudadanía para que el 2023 se celebre el Centenario de la declaración del Monasterio de Sijena como monumento nacional, a la que se pueden sumar en la página sijenasi.com
  • Su próxima comparecencia ante las Cortes de Aragón para pedir a esta cámara que declare el 2023 como año de Sijena, se cree un patronato para su celebración, se termine de elaborar un Plan Director y se restaure el monasterio íntegramente.
  • Su preocupación por el anuncio de las Hermanas de Belén de dejar el monasterio de Sijena y su petición de que las diversas partes interesadas se pongan de acuerdo para facilitar la llegada de otra comunidad monástica que mantenga vivo el monasterio y garantice su dimensión espiritual junto a la histórico-artística.
  • Su indignación ante la reciente Propuesta de ERC sobre el Museo de Lérida en Parlamento Catalán, que no hace sino revolver viejos pleitos ya juzgados y confundir a la ciudadanía sospechando procesos políticos donde solo hay causas civiles por la propiedad de bienes sobradamente demostrada en los tribunales eclesiásticos y civiles.
  • Su apoyo al pleito de la Diócesis de Barbastro-Monzón y su deseo de que se ejecute la sentencia favorable cuanto antes.
  • Su próxima visita al Obispo de Huesca para pedirle que abra un proceso judicial similar al de la diócesis de Barbastro-Monzón para reclamar los bienes expoliados de las parroquias de Peralta de Alcofea, El Tormillo y Berbegal que se encuentran en Lérida.

 

Eco en los medios de comunicación:

 

Barbastro gana el pleito judicial por las piezas en Lérida

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el-obispo-de-barbastro-monzon-angel-perez-felicita-a-los-abogados-de-la-causa-joaquin-guerrero-por-parte-del-obispado-y-alberto-gimenoEn este día tan significativo para nuestra Plataforma, en el que hemos celebrado el segundo aniversario del retorno de los bienes de Sijena desde el Museo de Lérida, el Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) ha dado a conocer este miércoles que el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de Barbastro ha ordenado la «inmediata devolución» de los 111 bienes de las parroquias de la diócesis de Barbastro Monzón. Contra la sentencia dictada cabe recurso de apelación, en el plazo de 20 días, ante la Audiencia Provincial de Huesca aunque El abogado del obispado ya anunció en su día que si el fallo era favorable pediría la ejecución provisional.

La sentencia dictada por el juez, según ha adelantado el TSJA, estima íntegramente la demanda presentada por el obispado de Barbastro-Monzón, en representación de las cuarenta y tres parroquias de la zona oriental, y desestima en su totalidad las demandas presentadas por el Obispado de Lérida y por el Consorcio del Museo de la localidad leridana de las que absuelve al obispado oscense. El juicio se celebró el pasado mayo.

En su sentencia el juzgador afirma “que los bienes reseñados (en el hecho primero de la demanda principal) son propiedad de cada una de las parroquias de las que proceden y que deben ser devueltos de forma inmediata, a cada una de ellas, por mediación del Obispado de Barbastro-Monzón en su sede social”.

Tras la presentación de la demanda, el Obispado de Lérida ya reconoció que 28 obras eran propiedad del Obispado de Barbastro-Monzón pero mantuvo que las restantes eran de su propiedad ya que habían sido adquiridas mediante usucapión. Igualmente, el Consorcio del Museo de Lérida reconoció la propiedad del Obispado de Barbastro-Monzón sobre 28 de las 111 piezas pero no sobre las 83 restantes y en su escrito solicitaba además que, de estimarse la demanda presentada por el obispado oscense, éste se hiciera cargo de los gastos de conservación de los bienes.

Sobre la cuestión medular del litigio (dirimir de quién es la propiedad de los bienes) recuerda el juez que existe un acuerdo firmado el día 30 de junio de 2008 entre ambos obispados, en el que el Obispado de Lérida reconoce que los bienes pertenecen a las parroquias transferidas a la Diócesis de Barbastro -Monzón, acuerdo en el que no solo se manifestaba que se acataban las resoluciones eclesiásticas sino que también se reconocía que las obras pertenecían en propiedad al obispado demandante.

Las resoluciones eclesiásticas mencionadas en el citado acuerdo de 30 de junio son el Decreto de la Congregación para los Obispos de 8 de septiembre de 2005, después confirmado de forma definitiva por el Decreto del Supremo Tribunal de la Signatura Apostólica de 28 de abril de 2007, que resolvió que estas obras pertenecían a las parroquias segregadas (las de Barbastro -Monzón) y que debían devolverse dado que se encontraban en el Museo de Lérida a título de depósito.

El juez centra la cuestión al expresar que: “La relevancia de este acuerdo firmado por ambas partes constituye una declaración en la que, por parte de la demandada, se reconocía inequívocamente la propiedad de las parroquias de la parte aragonesa, y en el que literalmente se indicaba que “ambos Obispados reconocen que la propiedad de los referidos bienes eclesiásticos corresponde a las parroquias transferidas a la Diócesis de Barbastro-Monzón (…)”.

También considera actos propios de reconocimiento de propiedad la posición mantenida por el Obispado de Lérida en el acto de conciliación de fecha 31 de octubre de 2017, en el que su letrado manifestó que “reconocemos el conjunto de sentencias que ha habido tanto de los Tribunales del estado como de las autoridades eclesiásticas…) o la solicitud dirigida a la Consejería de Cultura de la Generalitat para solicitar autorización para disponer de las piezas que se encontraban en posesión del Museo de Lérida”.

Para el juzgador todas ellas son manifestaciones “suficientes e inequívocas para considerar cumplidamente acreditada la propiedad de las parroquias segregadas” y por lo tanto estimar la demanda.

En otro sentido, aunque la parte demandada niega que los bienes tengan consideración de “bienes preciosos” para el juez no cabe ninguna duda ya que el Código de Derecho Canónico considera como tales todos aquellos que tienen un valor notable por razón del arte, de la historia o de la materia. Abundando en esta cuestión argumenta también que la normativa canónica dictada desde 1893 hasta el Código de Derecho Canónico actual recoge la prohibición de enajenar tanto de bienes inmuebles como de bienes preciosos sin la autorización de la Santa Sede y, en concreto, a partir del año 1923 se exige además la autorización del Ministerio de Justicia.

Sobre este punto alude también el juez a que el Decreto del Supremo Tribunal de la Signatura apostólica de 28 de abril de 2007, afirma que la enajenación sin licencia de bienes preciosos no distingue entre personas jurídicas eclesiásticas y entre estas y terceros ajenos a la Iglesia, por lo que entiende que “toda enajenación como las que son objeto de estudio de este pleito, caso de haberse realizado, deberían haberse hecho con la correspondiente licencia”. Y termina su razonamiento afirmando que “la única conclusión que puede alcanzarse de toda la prueba practicada es que las obras reclamadas se encuentran a título de depósito” y reitera que “la parte demandada en este procedimiento -el Obispado de Lérida y el Consorcio del Museo de Lérida- no ha aportado títulos concretos de compraventa, permuta o donación en virtud de los cuales dice que se habría adquirido la propiedad de las obras y tampoco el contexto en el que las diferentes obras se incorporaron al Museo Diocesano, por lo que no cabe llegar a la conclusión de que los bienes se recibieron en virtud de títulos traslativos de la propiedad”, ni que se haya realizado ningún negocio de compraventa con las parroquias aragonesas.

Más adelante, sobre los actos de restauración y conservación de las piezas realizados por el museo leridano, reitera una vez más el juzgador que el Obispado de Lérida no recibió la posesión de los bienes en concepto de dueño si no que los recibió en concepto de depósito, con la finalidad de guardarlos, conservarlos e incluso restaurarlos, y no mediante la realización de negocios jurídicos traslativos de la propiedad.

Vuelve a argumentar que el traslado de los 111 bienes obedeció a diversos factores como eran la creación del Museo por el obispo Meseguer, la intención de que los seminaristas pudieran conocer y estudiar los objetos artísticos de la Iglesia y el evidente riesgo de pérdida de los bienes dada la precaria y acuciante situación económica de las parroquias. Por ello, afirma en su sentencia que “el obispo Meseguer fue paulatinamente incorporándolas (las obras) al Museo, pero sin intención de adquirir su propiedad, sino simplemente de acogerlas, conservarlas e incluso restaurarlas, y ello en el ejercicio de las facultades de administración que el Derecho Canónico le atribuye”.

Incide en que “resulta especialmente relevante el hecho de que hasta el año 1995 las parroquias formaban parte del Obispado de Lérida” por lo que entiende que estas actuaciones “parecen aconsejables en el caso de unas obras pertenecientes a parroquias que dependían de la diócesis demandada y cuando las parroquias carecían de medios económicos para su conservación y restauración”.

Respecto a gastos reclamados por el Consorcio del Museo de Lérida al Obispado de Barbastro-Monzón en concepto de mantenimiento, conservación y restauración de las 111 piezas, el juez desestima lo solicitado por el Museo porque éste no fijó con claridad la cantidad concreta que reclamaba, y tampoco considera válidas las bases incluidas en el escrito de aclaración que presentó en la audiencia previa a la vista oral porque son unas bases que “no sirven para cuantificar los gastos de conservación que reclama”. Basa su decisión primero, en que la finalidad del Museo no solo es la recogida y conservación de las obras, sino también el estudio y la exposición de las colecciones y fondos que lo componen, cuyos gastos no pueden repercutirse al propietario por lo que no cabe incluir gastos de publicidad, propaganda y relaciones públicas o el transporte.

La sentencia, a los pocos días, ha sido recurrida por el Museo de Lérida, argumentando muchos pormenores que han sido rechazados por diversos tribunales eclesiásticos anteriormente, pero que servirán posiblemente para dilatar el que la sentencia sea firme. Desde nuestra Plataforma reivindicamos que se ejecute de inmediato la sentencia sin perjuicio de futuras resoluciones judiciales, dado que todos son bienes muebles.

Medios:

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña anula el blindaje del Museo de Lérida

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El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha anulado el acuerdo del gobierno de la Generalitat, de fecha 27 de diciembre de 2016, por el que se declaró de interés nacional el Museo de Lérida, Diocesano y Comarcal.

La sentencia explica que los demandantes, los Obispados de Barbastro-Monzón y de Huesca-Jaca, han considerado que la Generalitat realizó esta declaración como museo de interés nacional para impedir el traslado de los bienes de parroquias aragonesas que están allí en depósito. Las dos diócesis altoaragonesas han mostrado su «satisfacción» -mediante escuetos comunicados- por la sentencia del TSJC que ha anulado el acuerdo tras estimar el recurso interpuesto por ambas.

Se consideraron «afectados» porque en el Museo de Lérida hay bienes y objetos de arte, en depósito, que pertenecen a las parroquias aragonesas. En concreto, 111 al Obispado de Barbastro-Monzón, cuya devolución ha demandado por vía civil en el juicio celebrado en Barbastro entre los días 16 y 17 de mayo, y tres piezas procedentes del Obispado de Huesca-Jaca. El recurso de este último fue similar y se basó en la propiedad del frontal de la iglesia de Berbegal, dos tablas góticas de la iglesia de Peralta de Alcofea y la portada románica de la antigua iglesia de El Tormillo, todos en Lérida.

Además, en aquellas fechas, estaban en el Museo de Lérida las 44 piezas procedentes del Monasterio de Sijena, pendiente de que se ejecutara la sentencia del Juzgado de Huesca que se llevó a cabo el 11 de diciembre de 2017 con auxilio de la Guardia Civil.

La situación, entonces, era «diferente» respecto a las piezas y obras de arte de ambos obispados aragoneses porque no estaban pendientes de sentencia por la vía civil sino de «reclamaciones». En el caso concreto de Barbastro-Monzón hay sentencias favorables por vía eclesiástica que no han servido de nada por la reiterada negativa del Obispado de Lérida que acató pero no cumplió la sentencia del Tribunal Supremo de la Signatura Apostólica.

El tribunal impone a la Generalitat el pago de las costas, para las que fija una cuantía máxima de 2.000 euros. Contra esta sentencia cabe recurso de casación, que deberá prepararse en un plazo de 30 días desde su notificación.

Medios:

Mareando la perdiz

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Quim-Torra

El pasado viernes, 3 de mayo, la Generalitat de Cataluña ha pedido que se suspendiera el inicio del juicio por los 111 bienes de las parroquias del Aragón Oriental. Plantea que no está personada en la causa, a pesar de presidir el Consorcio del Museo de Lérida y quiere presentarse como parte coadyuvante.

Como se recordará, el juez de Barbastro tuvo que rechazar  hace un año la propuesta de que el juicio se celebrara en Cataluña; en septiembre, la vista previa quedó aplazada por una lesión en ambos pies del abogado que representa a la diócesis de Lérida; en el último mes, el obispado de Lérida ha presentado su documentación en catalán, lo que ha supuesto la necesidad de correr a traducirla, dado que el juez no la ha desestimado a pesar de no ser un idioma oficial en Aragón; ahora es la Generalitat la que se interpone en el flujo de este proceso judicial para evitar que arranque el juicio según la fecha prevista… A todo esto, en nuestra tierra, se le llama «marear la perdiz».

Joaquín Guerrero, letrado de la diócesis de Barbastro Monzón, manifestaba su sorpresa porque “la Generalitat dice que se ha enterado ahora de que hay un juicio pese a que preside el Consorcio del Museo, en cuyas actas ha quedado constancia de este proceso judicial”. Desde el Obispado de Barbastro Monzón estiman que la petición de la Generalitat no debería suponer la suspensión del juicio dado que han tenido información de él durante los últimos 17 meses desde que se presentó el pleito y pueden alegar al finalizar el juicio.

Según uno de los colaboradores del equipo jurídico, Jorge Español, «sorprendentemente la Generalitat aparece siempre cuando menos se la espera, y después de llevar un año en marcha este pleito, con enorme eco mediático, lo hace días antes de iniciarse el juicio alegando desconocimiento». A su juicio, «si la Generalitat no ha comparecido antes, no es porque no conociera la pendencia de este asunto, como pretende, sino que ha comparecido ahora con calculada estrategia para entorpecer y dilatar al máximo la previsible victoria aragonesa en el litigio».

Español ha recordado que la cuestión de la catalogación catalana de los bienes y su indivisibilidad, aspectos alegados actualmente, ya fue dilucidada por el Tribunal Supremo en una sentencia que argumentaba que la catalogación de este fondo depositado por el Obispado de Lérida en el museo de la localidad «no tiene efectos jurídicos frente a los propietarios legítimos de otras comunidades».

Desde la Plataforma Sijena Sí reiteramos nuestro apoyo total a la causa del Obispado de Barbastro-Monzón y nuestra impaciencia con estos nuevos intentos de dilación que se suman a la larguísima espera por que los bienes, declarados propiedad de las parroquias aragonesas en 26 sentencias vaticanas, sigan sin volver a casa.

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