La jueza dicta apertura de juicio oral contra Santi Vila y Lluis Puig

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La magistrada del juzgado de Instrucción nº 3 de Huesca ha dictado auto de apertura de juicio oral contra los ex consejeros de Cultura de la Generalitat, Santi Vila y Lluis Puig, por un delito de desobediencia. A Santi Vila se le juzgará como posible autor de un delito de desobediencia y otro de usurpación de atribuciones judiciales, y a Puig por su posible comisión de un delito de desobediencia.

En el auto dictado el pasado día 5 de diciembre la magistrada requiere a ambos acusados para que depositen una fianza de 216.000 euros en el caso de Vila y de 88.000 euros en el caso de Puig para garantizar y asegurar las posibles responsabilidades que pudieran imponérseles.

Por su parte, el Ministerio Fiscal en sus conclusiones provisionales considera que los hechos son constitutivos de un delito de desobediencia y pide para ambos acusados una pena de multa de 5.940 euros (11 meses de multa con una cuota diaria de 18 euros). En concepto de responsabilidad civil, el Ministerio Público solicita que ambos acusados indemnicen conjunta y solidariamente a la Diputación General de Aragón con la cantidad en que sea tasado el importe total al que hubo de hacer frente como consecuencia del traslado de los bienes.

Jorge Español, abogado del Ayuntamiento de Villanueva de Sijena,  manifestaba que la apertura de juicio oral por parte de la magistrada es «una decisión lógica y racional» después de que se hayan presentado los escritos de acusación.  Y añadía que, más allá de constituir un paso más en el procedimiento judicial de los ex consejeros Vila y Puig, la apertura de juicio oral es «un paso importante porque si se pide la ejecución provisional de la sentencia de los 111 bienes de las parroquias de la diócesis de Barbastro-Monzón, y la consejera de Cultura de la Generalitat se rebela, se arriesga a acabar como sus antecesores Santi Vila y Lluis Puig».

Los hechos por los que serán juzgados tienen su origen en la sentencia dictada el 8 de abril de 2015 por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Huesca, resolución que decretaba la nulidad de pleno derecho de las compraventas realizadas por la Generalitat de Cataluña entre 1983 y 1992 y por el Museo de Arte de Cataluña en 1994 declarando que la propiedad de los bienes objeto de tales contratos correspondía a la Orden Sanjuanista del Real Monasterio de Sijena.

Posteriormente, el 11 de junio de 2015, el mismo juzgado decretaba la ejecución provisional de la sentencia requiriendo el traslado inmediato y efectivo de los 44 bienes pertenecientes al Monasterio de Sijena. Tras la resolución de los varios recursos interpuestos, con fecha 18 de abril de 2017, según expresa el Ministerio Fiscal en su calificación provisional, el entonces consejero de Cultura, Santiago Vila, dictó una orden por la que no se autorizaba la disgregación de las piezas que restaban en el Museo de Lérida y por tanto no se autorizaba la salida de los 44 bienes al Monasterio de Sijena.

Fuente: Radio Huesca: La jueza dicta apertura de juicio oral contra dos ex consejeros de la Generalitat por los bienes de Sijena

One thought on “La jueza dicta apertura de juicio oral contra Santi Vila y Lluis Puig

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