APUDEPA
APUDEPA rebate los mitos catalanistas sobre Sijena
Nos hacemos eco de una nota que, a fuerza de tweets, ha ido elaborando la asociación APUDEPA (Acción Pública para la Defensa del Patrimonio Aragonés) para desmontar los mitos sobre el caso Sijena que circulan por los medios y las redes catalanas.
«Queremos hacer un llamamiento a la racionalidad y contra la desinformación en el caso de Sijena. Lamentamos un uso político que es completamente ajeno a las cuestiones jurídicas y culturales que son motivo del pleito. Lo intentamos explicar:
Primer error: «Se devuelven las obras que están en Lleida y no las que están en otros lugares por motivos políticos». NO. Se devuelven las obras que fueron vendidas ilegalmente. En Lleida quedan muchas otras, y en Barcelona. También hay tablas en El Prado, Toledo y colecciones privadas. No se devuelven por los mismos motivos: Solo se devuelven las obras vendidas después de la declaración de Monumento Nacional en 1923.
Segundo error: «La sentencia no es firme y por tanto no deberían devolverse ahora». La sentencia no es firme pero los autos de ejecución provisional SÍ. Por eso sí debe ser ejecutada la sentencia PROVISIONALMENTE. Esto quiere decir que si el Supremo diera la razón a la Generalitat, las obras regresarían a Lleida. Habrían estado en Sijena como están temporalmente en cualquier exposición. El derecho funciona así y no es una cosa nueva ni extraordinaria.
Tercer error: «Las obras se devuelven ahora por la aplicación del 155». Los autos de devolución son de 2015 y 2016. Lo que pasa es que inexplicablemente han sido incumplidos por la Generalitat. Hace mucho tiempo que el Gobierno de Aragón y Sijena piden que se mandara a la policía. Debe ser tenido en cuenta que esto se ha vivido en Sijena y en Los Monegros como una auténtica humillación.
Y también otra cosa: El Gobierno de España TAMPOCO HA CUMPLIDO con la entrega «voluntaria». El juez pidió al ministro que se entregara ANTES de hoy, y si no se hacía autorizaba a la policía, que es lo que finalmente ha pasado ante el incumplimiento. Sin el 155, por tanto, habría pasado lo mismo, solo que el incumplimiento no hubiera sido del ministro de Cultura (lo que es muy grave) sino del conseller de la Generalitat. La policía habría ido igual, porque es policía judicial y no obedece órdenes del Gobierno sino del juez.
Cuarto error: «Las obras fueron compradas legalmente y pagadas». No es cierto y lo ha demostrado una sentencia (que no es firme, como tampoco lo es el traslado, pero es lo que hoy hay). Sucintamente explicamos las razones, que podemos sintetizar en dos:
1. Quien realizó la venta no fue quien tenía los títulos habilitantes para ello (la Comunidad de Sijena) sino la depositaria o precarista (la priora de Valldoreix). Nadie puede vender lo que no es suyo. Y si lo hace, es nulo (como en este caso).
2. Y para nosotros mucho más importante, porque afecta a la gestión del patrimonio: La venta se realizó sin el permiso del responsable cultural conforme a las leyes de Patrimonio: el ministerio de Cultura y el Gobierno de Aragón.
Y aunque se hubiera pedido (que no se pidió, porque la venta se ocultó durante años) no se hubiera podido conceder. Sijena es Monumento Nacional desde 1923 y las leyes de patrimonio protegen su unidad. Por eso la sentencia es una gran noticia: protege la indivisibilidad de los BIC. Es una gran noticia que hoy afecta a Sijena. Pero es una buena noticia en general: los BIC’s de toda España están hoy más protegidos que ayer.
En cuanto al precio pagado: en el juicio la Generalitat sostiene que se pagó, pero no aportó los recibos. Otras partes lo negaron. Entendemos que la Generalitat tiene el derecho, y lo ejercerá, de reclamar el precio por las vías legales. Deberá acatarse lo que la justicia diga.
Quinto error: «El Constitucional dijo en 2012 que las monjas habían vendido los bienes de Sijena legalmente». No es cierto. El Constitucional dio la razón a la Generalitat en una cosa: Aragón no podía ejercer el derecho de retracto (¡porque Aragón pretendía pagar las obras!) y por eso el Gobierno de Aragón no lo hizo. Pero el TC dejó muy claro que las cuestiones sobre la legalidad de la venta correspondían a los tribunales ordinarios.
Sexto error: «La raíz de este conflicto es la división del obispado de Lleida». Tampoco es cierto. Las ventas anuladas son anteriores. La Comunidad de Sijena tiene personalidad jurídica propia. El problema legal no es en este caso eclesiástico sino civil y d autorización cultural.
Y séptimo error: «Esto es un conflicto político» «España nos roba» «Los catalanes se lo llevan todo» «Catalunya siempre hace igual». No. Es un conflicto cultural y patrimonial.»
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